La participación del sujeto activo No calificado en el delito de peculado como extraneus

El modelo de Estado ecuatoriano como constitucional de derechos y justicias se constituye en un avance del paradigma del estado legislativo, positivista y legalista, no sólo por la sujeción del poder que demanda el primero a la Constitución, sino por la nueva forma en que debe entenderse en sí mismo...

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מידע ביבליוגרפי
מחבר ראשי: Andrade Aguirre, Gabriela Maritza (author)
פורמט: masterThesis
שפה:spa
יצא לאור: 2023
נושאים:
גישה מקוונת:https://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/16398
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סיכום:El modelo de Estado ecuatoriano como constitucional de derechos y justicias se constituye en un avance del paradigma del estado legislativo, positivista y legalista, no sólo por la sujeción del poder que demanda el primero a la Constitución, sino por la nueva forma en que debe entenderse en sí mismo el ejercicio del Derecho (Ávila Santamaría, 2011). En este sentido, el constituyente, al elaborar el Código Orgánico Integral Penal (en adelante COIP), consideró a la eficiente administración pública como un bien jurídico que debe protegerse, por aquello definió que tipo de infracciones son las que atentan contra los bienes del Estado de esta manera contemplando al peculado (art.278) como delito para prevenir y sancionar el cometimiento de ese tipo de trasgresión, infracción además conocida también en la doctrina como un delito especial, por las características en que puede ser cometido, especialmente relacionadas con la autoría de los sujetos intervinientes, mismos que deben poseer condiciones especiales que la ley exige como es el caso del peculado, el ser funcionarios públicos, intraneus (León, 2021).