Regulación del error inexcusable en los sumarios administrativos instaurados por el Consejo de la Judicatura para evitar la vulneración del derecho al debido proceso
La investigación propuesta tiene como finalidad analizar la aplicación del error inexcusable, por parte del Consejo de la Judicatura y la injerencia de esta Institución en materia jurisdiccional en la Función Judicial Ecuatoriana, de tal manera que se pueda confrontar con la propuesta de aplicar una...
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| 第一著者: | |
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| フォーマット: | masterThesis |
| 言語: | spa |
| 出版事項: |
2018
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| 主題: | |
| オンライン・アクセス: | http://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/8131 |
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| 要約: | La investigación propuesta tiene como finalidad analizar la aplicación del error inexcusable, por parte del Consejo de la Judicatura y la injerencia de esta Institución en materia jurisdiccional en la Función Judicial Ecuatoriana, de tal manera que se pueda confrontar con la propuesta de aplicar una reformatoria que aclare la sanción disciplinaria de error judicial inexcusable en el Código Orgánico de la Función Judicial. La Constitución de la República del Ecuador, ha consagrado que nuestro país es un estado constitucional de derechos y justicia; elevando la responsabilidad a todos los ciudadanos de respetar este cúmulo de derechos constitucionales, pero en especial obligando a que las Instituciones del estado observen y respeten los derechos humanos; en este sentido corresponde al Consejo de la Judicatura no realizar ninguna injerencia en la toma de decisiones de jueces, fiscales y defensores públicos según su campo de acción, peor aún vulnerar derechos de funcionarios judiciales aplicando la figura de la sanción disciplinaria error judicial inexcusable, inobservado lo establecido al respecto en la Constitución y en el Código Orgánico de la Función Judicial. Al respecto, como Pasquel A, (2005) manifiesta: Admitimos que el principio del debido proceso es un principio general del derecho y por tanto fuente de derecho procesal y del derecho sustantivo o material, informador de todos los órganos jurisdiccionales y vinculantes al legislador y a la jurisprudencia constitucional y ordinaria. (Pasquel A, 2005, p.2) Es así que, Fernando Velásquez V, citado por Hugo Hernández, Bernal Vallejo & Sandra Milena Hernández Rodríguez (2005, p.2), en su obra El debido proceso disciplinario argumentan que: En sentido amplio, el debido proceso es el conjunto no sólo de procedimientos, legislativos, judiciales y administrativos que deben cumplirse para que una ley, sentencia o resolución administrativa que se refiera a la libertad individual sea fundamentalmente válida, sino también para que se constituya en garantía del orden, de la justicia, de la seguridad en cuanto no se lesionan de manera indebida la seguridad propuesta como intangible para el ciudadano en el estado democrático. |
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