Incorporar un inciso al final del art. 437 del código orgánico integral penal, que establezca que dentro del plazo de quince días a partir del desistimiento se realice la audiencia para resolver la situación de la persona privada de la libertad.
El derecho a la libertad está reconocido por la Constitución de la República, y por ello la Asamblea Nacional está en la obligación de adecuar formal y materialmente las leyes de acuerdo a los principios y derechos Constitucionales. El Código Orgánico Integral Penal, publicado en el Registro Oficial...
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Autor principal: | |
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Formato: | bachelorThesis |
Lenguaje: | spa |
Publicado: |
2017
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Materias: | |
Acceso en línea: | http://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/7174 |
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