Incorporar un inciso al final del art. 437 del código orgánico integral penal, que establezca que dentro del plazo de quince días a partir del desistimiento se realice la audiencia para resolver la situación de la persona privada de la libertad.

El derecho a la libertad está reconocido por la Constitución de la República, y por ello la Asamblea Nacional está en la obligación de adecuar formal y materialmente las leyes de acuerdo a los principios y derechos Constitucionales. El Código Orgánico Integral Penal, publicado en el Registro Oficial...

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Moreira Toala, Dario Javier (author)
Formato: bachelorThesis
Lenguaje:spa
Publicado: 2017
Materias:
Acceso en línea:http://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/7174
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