El principio de proporcionalidad e igualdad frente a la prescripción de la pena en el código orgánico integral penal

El artículo 1 de la Constitución de la República del Ecuador (CRE) describe al Estado como constitucional de derechos y justicia, en referencia a ello se ha reconocido el principio de proporcionalidad entre la infracción y la sanción; y, en este sentido no se puede agotar en la determinación de la p...

Descripció completa

Guardat en:
Dades bibliogràfiques
Autor principal: Semblantes Bautista, Yajaira Elizabeth (author)
Format: masterThesis
Idioma:spa
Publicat: 2023
Matèries:
Accés en línia:https://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/16627
Etiquetes: Afegir etiqueta
Sense etiquetes, Sigues el primer a etiquetar aquest registre!
Descripció
Sumari:El artículo 1 de la Constitución de la República del Ecuador (CRE) describe al Estado como constitucional de derechos y justicia, en referencia a ello se ha reconocido el principio de proporcionalidad entre la infracción y la sanción; y, en este sentido no se puede agotar en la determinación de la pena en abstracto por la función legislativa. A partir de la doctrina se toma como referente la definición propuesta por Arias (2017, pág. 148) quien sostiene que la pena debe servir como rehabilitación de la persona, por tanto, deberá existir una proporcionalidad entre la pena y el delito. Por su parte, el artículo 51 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) consagra que la pena es una restricción a la libertad y a los derechos de las personas que han sido encontrados como responsables de un hecho tipificado como punible. En concreto, la pena es una sanción que establece la norma para aquellos que infrinjan la ley al cometer una conducta penalmente relevante por ese motivo en el ordenamiento jurídico ecuatoriano se ha determinado una extensa gama de delitos en la norma penal. Pinargoty (2022, pág. 68) postula que son dos los aspectos clave para la determinación de las sanciones penales, por una parte, el grado de lesión de los bienes jurídicos afectados y, por la otra, la proporcionalidad de la pena aplicada; de estos se desprende y consagra en el COIP sanciones de tres tipos: 1) penas privativas de libertad; 2) penas no privativas de libertad, y 3) penas restrictivas de los derechos de propiedad. Adicionalmente, Sáenz (2018, pág. 156) manifiesta que cuando se produce la condena de una persona por un determinado delito hay que precisar en primer lugar varios estadios, uno si la condena de pena privativa de la libertad es efectiva o no, otro si la condena efectiva es por un corto tiempo o por un largo tiempo, otro es el caso de si la condena es por un delito muy grave o no, entre otras variantes, como por ejemplo la reincidencia, lo cual en definitiva comporta una ejercicio de ponderación.