El precedente, la jurisprudencia y las reglas jurisprudenciales de la Corte Constitucional y la Corte Nacional y su incidencia en la administración de justicia en el Ecuador

Constitucionalmente en el Ecuador se establece la regla jurisprudencial a partir de la (Constitución d. E., Función Legislativa, 1967), que impone a la Corte Suprema de Justicia dictar la norma dirimente con carácter obligatorio en caso de fallos contradictorios sobre un mismo punto, mientras la ley...

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Autor principal: Cevallos Zambrano, Iván Agustín (author)
Format: masterThesis
Idioma:spa
Publicat: 2017
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description Constitucionalmente en el Ecuador se establece la regla jurisprudencial a partir de la (Constitución d. E., Función Legislativa, 1967), que impone a la Corte Suprema de Justicia dictar la norma dirimente con carácter obligatorio en caso de fallos contradictorios sobre un mismo punto, mientras la ley no determine lo contrario. Luego en la (Constitución d. E., Función Legislativa Ley 25, 1993) se convierte a la Corte Suprema de Justicia de tribunal de tercera instancia a tribunal de casación, y con la reforma (Contitución, 1996) facultó a la dicha Corte reglamente la casación y la unificación de la jurisprudencia de manera expresa; mientras en la (Constitución d. E., Función Legislativa, 1998) se impone su observancia para garantizar el debido proceso. Finalmente, en la (Constitución d. E., Asamblea Constituyente, 2008), se estableció el desarrollo obligatorio de la jurisprudencia, fundamentado en los fallos de triple reiteración en la justicia ordinaria, la que será declarada obligatoria mediante resolución del pleno de la Corte Nacional de Justicia. La misma Constitución establece la justicia ordinaria, constitucional, electoral e indígena, en la que cada una genera su propia jurisprudencia pero que no son vinculantes entre sí, salvo la jurisprudencia constitucional que tiene el carácter de precedente, vinculante y obligatoria y las reglas jurisprudenciales con carácter erga omnes, lo cual justifica la razón del presente trabajo de investigación. No se podría hablar de la jurisprudencia sin recurrir a su nacimiento, evolución y el proceso histórico en cada etapa, como: La Edad Antigua, desarrollada a través del pontificado (Rascón García, 2011, pág. XV); a través de la opinión de los juristas en cada caso; la resolución de los jurista en equidad y justicia vinculante para los jueces y no en lo que establece la ley; del absolutismo (monarca) que dictaba decretos, edictos, mandatos o epístolas reales (Margadant, 2004: pg. 74); así también la codificación, denominada digesto-corpus iuris o código de Justiniano (Fernandez de Buján, 2000, pág. 155). Posteriormente en la Edad Media, se desarrolla la jurisprudencia con la caída del imperio romano, tiempo en el cual no existió ordenamiento jurídico, pero se basó en el análisis del Corpus Iuris Civil o digesto de Justiniano, que aunque retrasó el desarrollo del derecho, se gestó la jurisprudencia por concepto o científica. Luego viene la Edad Moderna, siglo XIX, época aunque respetando el origen de la jurisprudencia, se desarrolla con el acercamiento de la teoría a la práctica, a la que se le denominó la jurisprudencia elegante, por el nacimiento de las escuelas como la Bolonia-Histórica-Alemana, de la exégesis-Francia, pasando de la jurisprudencia por concepto a la jurisprudencia por principio, y rechazando la aplicación de la ley, y la escuela del Realismo en que el juez debe ser creador de derecho. Finalmente la época Contemporánea, finales del siglo XIX y XX, con la denominada jurisprudencia de interés jurídico (Dworkin, Los Derechos en serio., 1989, págs. 44-60), con interpretación de la ley cuando hay lagunas jurídicas (Atienza, 2001, págs. 166-181), lo que propicia la escuela del derecho libre (1906) y que se debe dar máxima libertad al juez, por ser el máximo intérprete de la Constitución. 2.- Situación problémica El tema escogido para la presente investigación es “El precedente, la jurisprudencia y las reglas jurisprudenciales dictados por la Corte Constitucional y la Corte Nacional y su incide en la Administración de justicia en el Ecuador”, por cuanto se presenta dificultades a los operadores de la justicia ordinaria, pues que los fallos de la Corte Constitucional son vinculantes para las otras funciones del Estado, incluyendo los casos en que deja sin efecto la decisión de la Corte Nacional de Justicia, por acciones contra sentencias del alto tribunal, generando incertidumbre jurídica frente a los principios de cosa juzgada, seguridad jurídica y actuación de última ratio, más cuando los fallos que son revocados constituyen el precedente o la jurisprudencia obligatoria en la justicia ordinaria.
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spelling El precedente, la jurisprudencia y las reglas jurisprudenciales de la Corte Constitucional y la Corte Nacional y su incidencia en la administración de justicia en el EcuadorCevallos Zambrano, Iván AgustínREGLA JURISPRUDENCIALADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAConstitucionalmente en el Ecuador se establece la regla jurisprudencial a partir de la (Constitución d. E., Función Legislativa, 1967), que impone a la Corte Suprema de Justicia dictar la norma dirimente con carácter obligatorio en caso de fallos contradictorios sobre un mismo punto, mientras la ley no determine lo contrario. Luego en la (Constitución d. E., Función Legislativa Ley 25, 1993) se convierte a la Corte Suprema de Justicia de tribunal de tercera instancia a tribunal de casación, y con la reforma (Contitución, 1996) facultó a la dicha Corte reglamente la casación y la unificación de la jurisprudencia de manera expresa; mientras en la (Constitución d. E., Función Legislativa, 1998) se impone su observancia para garantizar el debido proceso. Finalmente, en la (Constitución d. E., Asamblea Constituyente, 2008), se estableció el desarrollo obligatorio de la jurisprudencia, fundamentado en los fallos de triple reiteración en la justicia ordinaria, la que será declarada obligatoria mediante resolución del pleno de la Corte Nacional de Justicia. La misma Constitución establece la justicia ordinaria, constitucional, electoral e indígena, en la que cada una genera su propia jurisprudencia pero que no son vinculantes entre sí, salvo la jurisprudencia constitucional que tiene el carácter de precedente, vinculante y obligatoria y las reglas jurisprudenciales con carácter erga omnes, lo cual justifica la razón del presente trabajo de investigación. No se podría hablar de la jurisprudencia sin recurrir a su nacimiento, evolución y el proceso histórico en cada etapa, como: La Edad Antigua, desarrollada a través del pontificado (Rascón García, 2011, pág. XV); a través de la opinión de los juristas en cada caso; la resolución de los jurista en equidad y justicia vinculante para los jueces y no en lo que establece la ley; del absolutismo (monarca) que dictaba decretos, edictos, mandatos o epístolas reales (Margadant, 2004: pg. 74); así también la codificación, denominada digesto-corpus iuris o código de Justiniano (Fernandez de Buján, 2000, pág. 155). Posteriormente en la Edad Media, se desarrolla la jurisprudencia con la caída del imperio romano, tiempo en el cual no existió ordenamiento jurídico, pero se basó en el análisis del Corpus Iuris Civil o digesto de Justiniano, que aunque retrasó el desarrollo del derecho, se gestó la jurisprudencia por concepto o científica. Luego viene la Edad Moderna, siglo XIX, época aunque respetando el origen de la jurisprudencia, se desarrolla con el acercamiento de la teoría a la práctica, a la que se le denominó la jurisprudencia elegante, por el nacimiento de las escuelas como la Bolonia-Histórica-Alemana, de la exégesis-Francia, pasando de la jurisprudencia por concepto a la jurisprudencia por principio, y rechazando la aplicación de la ley, y la escuela del Realismo en que el juez debe ser creador de derecho. Finalmente la época Contemporánea, finales del siglo XIX y XX, con la denominada jurisprudencia de interés jurídico (Dworkin, Los Derechos en serio., 1989, págs. 44-60), con interpretación de la ley cuando hay lagunas jurídicas (Atienza, 2001, págs. 166-181), lo que propicia la escuela del derecho libre (1906) y que se debe dar máxima libertad al juez, por ser el máximo intérprete de la Constitución. 2.- Situación problémica El tema escogido para la presente investigación es “El precedente, la jurisprudencia y las reglas jurisprudenciales dictados por la Corte Constitucional y la Corte Nacional y su incide en la Administración de justicia en el Ecuador”, por cuanto se presenta dificultades a los operadores de la justicia ordinaria, pues que los fallos de la Corte Constitucional son vinculantes para las otras funciones del Estado, incluyendo los casos en que deja sin efecto la decisión de la Corte Nacional de Justicia, por acciones contra sentencias del alto tribunal, generando incertidumbre jurídica frente a los principios de cosa juzgada, seguridad jurídica y actuación de última ratio, más cuando los fallos que son revocados constituyen el precedente o la jurisprudencia obligatoria en la justicia ordinaria.El presente trabajo se ha desarrollado con el objetivo de generar un análisis crítico sobre la obligatoriedad y prevalencia del precedente, la jurisprudencia y las reglas jurisprudenciales dictadas por la Justicia Constitucional y la Justicia Ordinaria, para sensibilizar su aplicación en la administración de justicia en Ecuador. El mismo reviste gran importancia por tratarse de acciones ejercidas en contra de las decisiones judiciales de la Corte Nacional de Justicia, Juzgados o Tribunales de última o única instancia, para ante la Corte Constitucional. Lo cual genera discrepancias al aplicar e interpretar las normas constitucionales y secundarias para garantizar y tutelar los derechos a los ciudadanos; por ello la necesidad del presente para sensibilizar la aplicación de los mismos, considerando los principios de legalidad, dispositivos y seguridad jurídica; a más de convertirse en tema de actualidad permanente por la dinámica social en los casos resueltos por la Corte Constitucional y por la expectativa que generan las sentencias que dejan sin efecto las decisiones de la justicia ordinaria. En la investigación se aplicó los Método Histórico – Lógico, Analítico – Sintético y Deductivo – Inductivo, con la línea de investigación jurídica, sustentada en el ordenamiento jurídico ecuatoriano, presupuestos históricos, teóricos filosóficos y constitucionales; obteniendo como resultado la identificación normativa que rige las instituciones jurídicas investigadas de la justicia constitucional y ordinaria hasta la presente, lo que permitió generar criterios para la distinción de la prevalencia en la aplicación del precedente, la jurisprudencia y las reglas jurisprudenciales en la justicia constitucional y ordinaria.Suárez Merino, Edison NapoleónOchoa Galarza, Gladys Eulalia2017-12-12T14:47:19Z2017-12-12T14:47:19Z2017-12info:eu-repo/semantics/publishedVersioninfo:eu-repo/semantics/masterThesisapplication/pdfPIUAMCO057-2017http://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/7232spainfo:eu-repo/semantics/openAccessreponame:Repositorio Universidad Regional Autónoma de los Andesinstname:Universidad Regional Autónoma de los Andesinstacron:UNIANDES2017-12-12T14:47:19Zoai:dspace.uniandes.edu.ec:123456789/7232Institucionalhttps://dspace.uniandes.edu.ec/Institución privadahttps://www.uniandes.edu.ec/https://dspace.uniandes.edu.ec/oai.Ecuador...opendoar:4552026-01-24T12:26:26.114627Repositorio Universidad Regional Autónoma de los Andes - Universidad Regional Autónoma de los Andestrue
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