Reparación integral a la víctima de delito de accidente de tránsito y el principio de proporcionalidad en el Ecuador

La Constitución de la República del Ecuador, garantiza la reparación integral, inmaterial e material y dispone las obligaciones, negativas y positivas así como las circunstancias en las que debe realizarse; acorde con lo que dispone el Código Orgánico Integral Penal, que reconoce que la reparación i...

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Bibliografiska uppgifter
Huvudupphovsman: Lozada López, Álvaro Daniel (author)
Materialtyp: article
Språk:spa
Publicerad: 2021
Ämnen:
Länkar:https://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/12212
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Beskrivning
Sammanfattning:La Constitución de la República del Ecuador, garantiza la reparación integral, inmaterial e material y dispone las obligaciones, negativas y positivas así como las circunstancias en las que debe realizarse; acorde con lo que dispone el Código Orgánico Integral Penal, que reconoce que la reparación integral residirá en la solución que de forma simbólica y objetiva restituya, en lo viable, al estado anterior de la comisión del acto y que remedie a la víctima, finalizando las consecuencias de las infracciones cometidas y su naturaleza y el monto depende de las características del delito, bien jurídico afectado y del daño ocasionado. La redacción del texto constitucional y la norma legal deja en evidencia que el principio de proporcionalidad no se adecúa de manera correcta entre la infracción y la sanción, analizando jurídicamente algunas sentencias observamos que al motivar las mismas el juez impone reparaciones materiales desproporcionadas; siendo que algunas de estas resoluciones en ciertos casos no se llegan a cumplir vulnerando una garantía fundamental, de igual manera como resultado de un estudio comparado de la legislación extranjera, apreciamos algunas falencias que existen en esta problemática. El resultado de la investigación concluye que la forma en que las leyes ecuatorianas presentan los derechos y garantías no es la conveniente, está lejos de la eficiencia que se confía de la administración de justicia y que se merecen las víctimas de accidentes de tránsito, los victimarios y todas las personas que se encuentren involucradas de una u otra forma en este tipo de delitos.