Daños y perjuicios en los casos de disolución previa de matrimonio viciado de nulidad

Los antecedentes de la investigación está basada en el tema propuesto, es decir, daños y perjuicios en los casos de disolución previa de matrimonio viciado de nulidad, siendo necesario recalcar que se encuentra una gama pormenorizada de estudios sobre la disolución del matrimonio y dentro de ello, l...

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書誌詳細
第一著者: Mero López, Luis Vicente (author)
フォーマット: masterThesis
言語:spa
出版事項: 2016
主題:
オンライン・アクセス:http://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/4284
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要約:Los antecedentes de la investigación está basada en el tema propuesto, es decir, daños y perjuicios en los casos de disolución previa de matrimonio viciado de nulidad, siendo necesario recalcar que se encuentra una gama pormenorizada de estudios sobre la disolución del matrimonio y dentro de ello, la nulidad del matrimonio, pero ninguno de ellos realiza un análisis de los posibles daños y perjuicios que puede ocasionar un matrimonio viciado por las causas de nulidad y que haya sido disuelto por otra causa antes de que se demande su nulidad. Entre otras, tenemos las siguientes: El Chileno Luis Claro Solar, en el año de 1983, en las “Explicaciones de derecho civil Chileno y comparado”, manifiesta que: “La nulidad supone la existencia de un vicio, de un defecto legal en la celebración de matrimonio, cuya existencia debe ser declarada, porque si no lo fuera continuará existiendo a los ojos de la ley. Muy diverso es el caso en que el matrimonio carezca de las condiciones o requisitos indispensables para su existencia legal. Tal matrimonio no ha producido jamás efectos civiles, porque la nada no puede producir efecto alguno y no será necesario declarar la nulidad desde que no tiene existencia defectuosa, sino que no tiene absolutamente existencia...”. (CLARO SOLAR, 1983) Como conclusiones se puede establecer que la nulidad es una sanción legal que recae sobre aquellos actos o contratos que han sido celebrados omitiendo algún requisito o solemnidad necesaria para la validez de tal acto o contrato. La nulidad del matrimonio tiene su origen en la omisión de los requisitos de validez, pero no se analiza posibles daños y perjuicios.