La violencia psicológica en el entorno laboral y terminación de la relación laboral
Rafael Martínez, menciona los casos cuando existiría violencia de la siguiente manera: “Hay violencia física cuando se emplea fuerza física o amenazas que importe peligro de perder la vida, la honra, la libertad, la salud o una parte considerable de los bienes del contratante o de su cónyuge” (Marti...
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| Autor principal: | |
|---|---|
| Format: | bachelorThesis |
| Publicat: |
2023
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| Matèries: | |
| Accés en línia: | https://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/17073 |
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| Sumari: | Rafael Martínez, menciona los casos cuando existiría violencia de la siguiente manera: “Hay violencia física cuando se emplea fuerza física o amenazas que importe peligro de perder la vida, la honra, la libertad, la salud o una parte considerable de los bienes del contratante o de su cónyuge” (Martinez, 2006, pág. 1240). Se puede apreciar que existe violencia cuando se emplee amenazas o aún fuerza física que importen un potencial peligro de perder los bienes y la vida, honra, libertad, la salud aún afectaría los bienes del contratante. Manuel Ossorio, aporta con un concepto sobre violencia moral: “Para la apreciación de la violencia moral se ha da tener en cuenta si ha podido producir racionalmente fuerte impresión en la persona violentada, dadas sus condiciones de carácter, costumbres o sexo” (Ossorio, 2008, pág. 989). De lo que se entiende que la violencia moral se expresa cuando ha podido producir racionalmente una fuerte impresión a la persona violentada, es decir, si no se produciría esa fuerte impresión no existiera violencia moral y también esta violencia se exprese tomando en cuenta sus condiciones de carácter de costumbre o sexo de la persona violentada. El psicólogo Heinz Leymann, estable un concepto sobre el acoso laboral de la siguiente manera: Este fenómeno ha sido denominado “mobbing”, “atacar en grupo a alguien”, “intimidación”, o “terror psicológico”. En este tipo de conflicto, la víctima es sometida a un proceso sistemático, estigmatizante y a la invasión de sus derechos civiles. Si dura por años, puede en última instancia conducir a la expulsión del mercado laboral cuando la persona en cuestión es incapaz de encontrar empleo debido al daño psicológico sufrido (Leymann, 1990). Leymann, define la palabra acoso laboral como aquella conducta que tiene el empleador quien de una manera agresiva a través de actos intimidantes puede generar daños psicológicos por la relación de poder laboral que tiene sobre el trabajador, esto suele ocurrir en el sector público y en el sector privado donde la víctima es aquella que tiene un cargo inferior y se encuentra bajo un rol establecido de reglas en las que tiene que cumplir en caso contrario la presión aumenta cuando al empleador amenaza con despedir o aumentarle horas de trabajo para que cumpla metas planificadas por el jefe y que a veces resultan ser incisivos esto provoca vulneración al derecho a trabajar en un ambiente sano. Según el Protocolo de San Salvador, establece en el artículo 18 lo siguiente: Los Estados partes se comprometen a adoptar las medidas que garanticen plena efectividad al derecho al trabajo, en especial las referidas al logro del pleno empleo, a la orientación vocacional y al desarrollo de proyectos de capacitación técnico-profesional, particularmente aquellos destinados a los minusválidos (…) (OEA, 2019). |
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