La forma de notificación a los contraventores de violencia contra la mujer y miembros del núcleo familiar, y el derecho a la defensa
En las clases de procedimientos que vemos en el Art. 643 del COIP, nos habla sobre el procedimiento expedito, para la contravención contra la mujer o miembros del núcleo familiar, y específicamente en el #11, en el que se menciona respecto de “la notificación a la o el supuesto infractor, la cual se...
محفوظ في:
| المؤلف الرئيسي: | |
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| التنسيق: | bachelorThesis |
| اللغة: | spa |
| منشور في: |
2020
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| الموضوعات: | |
| الوصول للمادة أونلاين: | http://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/11554 |
| الوسوم: |
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| الملخص: | En las clases de procedimientos que vemos en el Art. 643 del COIP, nos habla sobre el procedimiento expedito, para la contravención contra la mujer o miembros del núcleo familiar, y específicamente en el #11, en el que se menciona respecto de “la notificación a la o el supuesto infractor, la cual se la realizará a través de los servidores públicos respectivos”. Llama la atención el hecho que para poner en conocimiento al supuesto infractor se mencione de forma superficial la notificación, sin considerar posibles situaciones que podrían presentarse para efectuar este procedimiento; como es el caso de las personas que se encuentran fuera del país o podría decirse también aquellas personas que de manera intencional evaden recibir dicha notificación a efectos de tardar la sustanciación del proceso, generándose como tal la problemática del presente trabajo de investigación; en los casos prácticos que se propone analizar están signados con el # 12571-2018-00308, 12572-2019-00605, observando que al encontrarse la denunciada fuera del país y al no poderla notificar se viola el derecho a la defensa. |
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