La presunción de muerte por desaparecimiento y su prescripción dentro de la legislación Ecuatoriana.
Dentro del ámbito civil se ha creado la normativa de la presunción de muerte por desaparecimiento, es lógico pensar que dentro de nuestra sociedad para declarar como muerte presunta a una persona, que ha desaparecido de su hogar, por cualquier motivo de índole personal, sea económico, social, cultur...
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| Autor principal: | |
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| Formato: | bachelorThesis |
| Lenguaje: | spa |
| Publicado: |
2015
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| Acceso en línea: | http://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/1287 |
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| Sumario: | Dentro del ámbito civil se ha creado la normativa de la presunción de muerte por desaparecimiento, es lógico pensar que dentro de nuestra sociedad para declarar como muerte presunta a una persona, que ha desaparecido de su hogar, por cualquier motivo de índole personal, sea económico, social, cultural o afectivo, y no haber dado noticias de ninguna clase a la persona que vive dentro de su entorno o a sus seres queridos, mal se podría en escasos dos años declarar una muerte presunta, si para resolver un vínculo matrimonial la ley en una sentencia de disolución del vínculo matrimonial exige el abandono de su hogar por el lapso de un año, estaríamos muy apresurados dentro de nuestra normativa legal en el Código Civil, declara la muerte presunta a una persona en el escaso tiempo de dos años. Por aquello esta reflexión y dentro de la realidad objetiva nos hemos topado con ingratas sorpresas que muchas personas se han reencontrado a unos diez o veinte años; y, mal podría nuestra legislación haberles declarado con anterioridad la muerte presunta, si todavía se encuentra vivo, por eso es mi obligación como estudiante de derecho, colaborar en esta legislación ésta inquietud, para plasmar en una reforma a la normativa del Código Civil Ecuatoriano. |
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