La multa pecuniaria y las sanciones a los inspectores de trabajo, cuando se extralimiten en sus funciones

De acuerdo a lo establecido por la Organización Internacional de Trabajo, los inspectores de trabajo en el fiel cumplimiento de sus funciones verifican la aplicación de normas, nacionales en su lugar donde lo ejerce y recomiendan a los empleadores y trabajadores la forma de mejorar la aplicación de...

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Auteur principal: Granja Arreaga, Angélica Karina (author)
Format: bachelorThesis
Publié: 2020
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Accès en ligne:https://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/12427
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Résumé:De acuerdo a lo establecido por la Organización Internacional de Trabajo, los inspectores de trabajo en el fiel cumplimiento de sus funciones verifican la aplicación de normas, nacionales en su lugar donde lo ejerce y recomiendan a los empleadores y trabajadores la forma de mejorar la aplicación de acuerdo a las leyes establecidas de cada país, como el trabajo infantil, el tiempo de trabajo, la seguridad, la salud en el trabajo, los salarios entre otros. Una apropiada aplicación de las leyes y reglamentos laborales obedece a una eficaz Inspección de Trabajo, es aquí cuando surge la necesidad de vigilar el cumplimiento de las normas, algunos tratadistas internacionales consideran a los Inspectores de Trabajo como policías de trabajo, ya que su cometido es velar por el eficiente acatamiento de las leyes, normas y reglamentos en materia laboral. Los Inspectores de Trabajo, realizan una importante función en el ámbito laboral señalando a las autoridades nacionales las deficiencias existentes dentro de cada territorio, constituyéndose de una manera en garantía para que la legislación de trabajo se aplique de modo igualitario bien sea trabajador o empleador. La colectividad mundial reconoce la gran importancia que tiene la Inspección del Trabajo, es por ello que la Organización Internacional de Trabajo (OIT), ha hecho el avance de la estipulación de dos importantes convenios sobre la Inspección de Trabajo convenio número 181 y convenio número 129, los cuales mantiene una prelación en derechos laborales.