La acción de protección como mecanismo reparatorio de vulneración de derechos constitucionales

Se afirma que: La Constitución del Ecuador de 2008, convierte al Ecuador en un Estado Constitucional de Derechos y Justicia, modelo que implica profundos cambios en lo referente a la actividad estatal a través de sus distintas funciones. En primer lugar podemos destacar que la Carta Magna, es un doc...

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Detalhes bibliográficos
Autor principal: Játiva Mora, Ana Paulina (author)
Formato: bachelorThesis
Idioma:spa
Publicado em: 2015
Assuntos:
Acesso em linha:http://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/2146
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Descrição
Resumo:Se afirma que: La Constitución del Ecuador de 2008, convierte al Ecuador en un Estado Constitucional de Derechos y Justicia, modelo que implica profundos cambios en lo referente a la actividad estatal a través de sus distintas funciones. En primer lugar podemos destacar que la Carta Magna, es un documento jurídico de aplicación directa e inmediata lo cual subraya el carácter normativo de la misma; luego reconoce un amplia lista de derechos fundamentales, los cuales constituyen límites y vínculos para la actuación del Estado, en cuanto a la organización estatal obligada a desarrollarlos en la mayor medida de lo posible, considerando las posibilidades fácticas y la realización de los mismos. Para que los derechos y principios consagrados en la Constitución se conviertan en realidades, es necesario el establecimiento de los mecanismos adecuados para la materialización de los mismos; al efecto, se han creado distintos tipos de garantías, por medio de las cuales podemos concurrir ante las autoridades competentes con el objeto de detener, evitar y reparar las violaciones de derechos. Uno de estos mecanismos es la Acción de Protección, cuyo objeto es el amparo efectivo de los derechos reconocidos en la Constitución, ante violaciones procedentes de actos u omisiones de las autoridades públicas no judiciales, o de particulares cuando se trate de servicios públicos impropios, cuando exista una relación de subordinación o situación de discriminación. En la práctica, se observa que se desconoce las características de este mecanismo de defensa de derechos constitucionales, se sostiene que la acción de protección tiene carácter residual, es decir, es necesario agotar las instancias administrativas y judiciales para poder interponer esta acción. (http://dspace.ucuenca.edu.ec/handle/123456789/2966)