Aborto no punible en casos de inseminación no consentida en mujer con discapacidad mental

El aborto es un tema que puede crear pasiones y que se puede analizar desde varios puntos de vista y perspectivas. Independientemente de las posturas que se tomen, es deber del Estado ecuatoriano determinar las acciones que sobre este tema se tomen en particular, por lo que mediante la codificación...

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Մատենագիտական մանրամասներ
Հիմնական հեղինակ: Sánchez Jijón, Vanessa de los Angeles (author)
Ձևաչափ: bachelorThesis
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Հրապարակվել է: 2018
Խորագրեր:
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description El aborto es un tema que puede crear pasiones y que se puede analizar desde varios puntos de vista y perspectivas. Independientemente de las posturas que se tomen, es deber del Estado ecuatoriano determinar las acciones que sobre este tema se tomen en particular, por lo que mediante la codificación del Código Orgánico Integral Penal, se tipificó al aborto como delito de acción penal pública lo cual es sancionado con una pena privativa de libertad, conforme a las circunstancias en las que se lo realiza y a las personas que participan en este delito, como son la mujer y el médico que lleva al efecto el mismo. Las únicas excepciones de aborto no punible son dos que están determinadas el artículo 150 del Código Orgánico Integral Penal, las que textualmente dicen: 1.- “Si se ha practicado para evitar un peligro para la vida o salud de la mujer embarazada y si este peligro no puede ser evitado por otros medios, 2.- Si el embarazo es consecuencia de una violación en una mujer que padezca de discapacidad mental”. (Código Integral Penal, artículo 150) Como consecuencia de esto, surge una nueva problemática, dado que la legislación ecuatoriana no permite otra causal de aborto para las mujeres que padezcan discapacidad mental, pero en donde dejamos el delito de inseminación no consentida a estas mujeres que como resultado de este hecho delictivo, se encuentran en estado de embarazo y desean recurrir al aborto sin tener una sanción penal, al igual que lo establecido en el numeral 2 del artículo 150 del mismo cuerpo legal, así como la violación, la inseminación no consentida es un delito contra la integridad sexual y reproductiva y no se entiende porque el legislador no tomo en cuenta esta circunstancia para hacer a este tipo de aborto no punible.
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