Reforma del innumerado tres del código de la niñez y adolescencia por pagos indebidos de alimentos

La Constitución de la República del Ecuador, reconoce y garantiza a favor de los menores y la familia un sin número de derechos a fin de hacer efectivo el desarrollo integral de las niñas, niños y adolescentes, y asegurar el ejercicio pleno de sus derechos; por ende de acuerdo a aquello, se atenderá...

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Үндсэн зохиолч: Castro Troya, Ninfa Narcisa (author)
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description La Constitución de la República del Ecuador, reconoce y garantiza a favor de los menores y la familia un sin número de derechos a fin de hacer efectivo el desarrollo integral de las niñas, niños y adolescentes, y asegurar el ejercicio pleno de sus derechos; por ende de acuerdo a aquello, se atenderá al principio de su interés superior y sus derechos prevalecerán sobre los de las demás personas. Dentro de ésta investigación, se hace mención al Art innumerado 3 del Título V del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia, el cual se refiere al derecho a alimentos y la gran importancia que tiene el principio constitucional tal como lo garantiza el Art. 13 de la Constitución, pero así también debemos de mencionar que éste derecho se trastoca, una vez que terceras personas se ven afectados por mantener o desembolsar dinero, con el fin de dar alimentos como ayuda prenatal o directos, a una mujer que se encuentra en estado de gestación y que presumiblemente el feto que se encuentra dentro de la misma le pertenece a la persona efectuante del pago, o en caso de los alimentos directos cuando se eroga a pretexto de acciones alimenticia en hijos cuya paternidad no ha sido reconocida, manteniendo un sentido de contradicción en el momento en que se acierta mediante pruebas científicas que el niño no es hijo de la persona de quien se creía era su padre.
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spelling Reforma del innumerado tres del código de la niñez y adolescencia por pagos indebidos de alimentosCastro Troya, Ninfa NarcisaREFORMACÓDIGO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIALa Constitución de la República del Ecuador, reconoce y garantiza a favor de los menores y la familia un sin número de derechos a fin de hacer efectivo el desarrollo integral de las niñas, niños y adolescentes, y asegurar el ejercicio pleno de sus derechos; por ende de acuerdo a aquello, se atenderá al principio de su interés superior y sus derechos prevalecerán sobre los de las demás personas. Dentro de ésta investigación, se hace mención al Art innumerado 3 del Título V del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia, el cual se refiere al derecho a alimentos y la gran importancia que tiene el principio constitucional tal como lo garantiza el Art. 13 de la Constitución, pero así también debemos de mencionar que éste derecho se trastoca, una vez que terceras personas se ven afectados por mantener o desembolsar dinero, con el fin de dar alimentos como ayuda prenatal o directos, a una mujer que se encuentra en estado de gestación y que presumiblemente el feto que se encuentra dentro de la misma le pertenece a la persona efectuante del pago, o en caso de los alimentos directos cuando se eroga a pretexto de acciones alimenticia en hijos cuya paternidad no ha sido reconocida, manteniendo un sentido de contradicción en el momento en que se acierta mediante pruebas científicas que el niño no es hijo de la persona de quien se creía era su padre.El presente trabajo de investigación está enfocado en la reforma del innumerado tres del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia por pagos indebidos de alimentos; establecer el problema en el momento en que se trastoca, una vez que terceras personas se ven afectados por mantener o desembolsar dinero, con el fin de dar alimentos como ayuda prenatal o directos, a una mujer que se encuentra en estado de gestación y que presumiblemente es el hijo de quien se demandó. La necesidad de intervención de dicho tema es por cuanto se derriban las garantías constitucionales de las personas, puesto queen el Art 122 el cual manifiesta que se considera un pago indebido, el que realice por un tributo no establecido legalmente o el que haya exención por mandato legal; el efectuando sin que haya nacido la obligación conforme a lo supuestos que configuran el respectivo hecho generador. En igual condiciones, se considera pago indebido aquel que se hubiere satisfecho o exigido ilegalmente o fuera de la medida ilegal.Barcos Arias, Ignacio Fernando2018-05-04T21:48:56Z2018-05-04T21:48:56Z2017-12info:eu-repo/semantics/publishedVersioninfo:eu-repo/semantics/bachelorThesisapplication/pdfTUBAB061-2017http://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/8333spainfo:eu-repo/semantics/openAccessreponame:Repositorio Universidad Regional Autónoma de los Andesinstname:Universidad Regional Autónoma de los Andesinstacron:UNIANDES2018-05-04T21:48:57Zoai:dspace.uniandes.edu.ec:123456789/8333Institucionalhttps://dspace.uniandes.edu.ec/Institución privadahttps://www.uniandes.edu.ec/https://dspace.uniandes.edu.ec/oai.Ecuador...opendoar:4552018-05-04T21:48:57Repositorio Universidad Regional Autónoma de los Andes - Universidad Regional Autónoma de los Andesfalse
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