La rehabilitación de los adolescentes infractores y la reinserción social en la ciudad de Riobamba
La rehabilitación social se brinda a los infractores luego de ser sancionados por una infracción y para establecer los beneficios en las medidas socioeducativas impuestas por el Juez. La constitución en su articulado y el Código Orgánico Integral Penal (COIP) garantizan los derechos de niños y jóven...
محفوظ في:
| المؤلف الرئيسي: | |
|---|---|
| التنسيق: | bachelorThesis |
| منشور في: |
2022
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| الموضوعات: | |
| الوصول للمادة أونلاين: | https://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/14925 |
| الوسوم: |
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| الملخص: | La rehabilitación social se brinda a los infractores luego de ser sancionados por una infracción y para establecer los beneficios en las medidas socioeducativas impuestas por el Juez. La constitución en su articulado y el Código Orgánico Integral Penal (COIP) garantizan los derechos de niños y jóvenes a un sistema de administración de justicia especializada, mediante políticas públicas y con operadores de justicia para atender a los menores. Así mismo el Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia (CONA) (2014), en el artículo 4 califica al “Adolescente a la persona de ambos sexos entre doce y dieciocho años de edad”. (pág. 1), sujetos a una investigación penal responsables del cometimiento de un ilícito como adolescente infractor, lo que el nombre de infractor vulnera el principio de inocencia, consagrado en la Constitución de la República del Ecuador (CRE). En el Ecuador las provincias con mayor incidencia de infracciones cometidos por adolescentes son Esmeraldas con 39, Guayas con 19, suman ambos el 28% de los ingresos flagrantes en delitos cometidos por menores. En el año 2020 un total de 286 adolescentes han egresado de los centros de adolescentes infractores a nivel nacional, de ellos, 105, que es el 36%, han salido por haber aplicado cambios de régimen a semi abierto y abierto; mientras que 73 adolescentes, que representan el 25%, egresaron por aplicar formas de terminación anticipada como la conciliación, la suspensión del proceso a prueba (Consejo de la Judicatura, 2021). Los cuatro delitos principales han sido el robo, la violación, el asesinato y el tráfico de drogas, estando con medidas privativas de libertad 724 infractores menores de edad en los 11 centros de adolescentes infractores (CAI) del país, pero según la Subsecretaría de Desarrollo Integral para adolescentes infractores (SDIA), del Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, manifiestan que los centros tienen capacidad para albergar a 612 infractores menores de edad, como por ejemplo el CAI de Ibarra, se encuentran 46 adolescentes con internamiento institucional y 14 con preventivo; en el centro de Guayaquil funcionan 103 institucionales y 39 preventivos, siendo necesario que los jueces dicten con mayor brevedad las medidas socioeducativas, como dice el CONA en el artículo 331 que se despachen antes de los 90 días. Además, el número de años de sanción privativa de la libertad para adolescentes, son de ocho años que es muy alta, siendo la edad a nivel nacional entre 16 y 18 años, y son 647 aislados que en menos de dos años cumplirán la mayoría de edad (El Telégrafo, 2021). Al hablar de la protección integral en materia de adolescentes infractores se encuentra descrita en el libro cuarto del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia (2014) que habla sobre las responsabilidades del adolescente infractor donde se da prioridad a los derechos y garantías exclusivas que se disponen a favor de los adolescentes en conflicto con la ley penal; se indica la garantía de reserva que prohíbe a las juezas y jueces difundir informaciones que posibiliten la identificación del adolescente o de sus familiares; el secreto y la confidencialidad sobre los antecedentes penales y policiales de los adolescentes infractores, los mismos que al quedar en libertad tienen derecho a que su expediente sea cerrado y destruido, asimismo la prohibición de que en el récord policial no conste ningún antecedente de infracciones cometidas mientras la persona era adolescente. Como también las medidas socio educativas, la amonestación, la multa, la reparación del daño causado, la prestación de servicios a la comunidad, la libertad asistida; y, la privación de libertad, establecen una positiva protección integral de los adolescentes. Es así que el sistema de responsabilidad penal para adolescentes se define como el conjunto de normas o reglas de comportamiento, actividades, instituciones y personas que trabajan en equipo para investigar y decidir las acciones a seguir con los adolescentes de 14 a 18 años que han realizado algún delito. En este contexto, las medidas socioeducativas son todas aquellas acciones dispuestas por la autoridad judicial cuando ha sido declarada la responsabilidad del adolescente en un hecho tipificado como infracción penal, cuya finalidad es lograr la integración social del adolescente y la reparación o compensación del daño causado. Entre las medidas socioeducativas aplicadas se encuentran: la amonestación, amonestación o imposición de reglas de conducta, orientación y apoyo familiar, reparación del daño causado, servicio a la comunidad, libertad asistida, internamiento domiciliario, internamiento de fin de semana, internamiento con régimen de semi-libertad, y el internamiento institucional. Las medidas socioeducativas buscan la reinserción social del adolescente infractor, a través de un proceso sistemático de acciones, que se inician desde el ingreso de una persona al centro de internamiento, durante el periodo de cumplimiento de la sanción, y prosigue cuando la persona retorna a su vida en libertad. |
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