Reforma al artículo 47 letra K de la Losep, para garantizar el derecho constitucional de estabilidad laboral

Dentro de la Historia Laboral ecuatoriana podemos citar que a partir del año de 1936 se formulan reformas tanto a la Ley sobre el Contrato Individual de Trabajo (21 de enero) y a la Ley Orgánica del Trabajo (21 de febrero). Se crea el Consejo Técnico del Trabajo el 13 de febrero (como ente asesor de...

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Dades bibliogràfiques
Autor principal: Montero Tigse, Astrid Alisva (author)
Format: masterThesis
Idioma:spa
Publicat: 2016
Matèries:
Accés en línia:http://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/4091
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Sumari:Dentro de la Historia Laboral ecuatoriana podemos citar que a partir del año de 1936 se formulan reformas tanto a la Ley sobre el Contrato Individual de Trabajo (21 de enero) y a la Ley Orgánica del Trabajo (21 de febrero). Se crea el Consejo Técnico del Trabajo el 13 de febrero (como ente asesor de la Dirección General del Trabajo) y el 21 de febrero se obliga a los obreros nacionales, que trabajan en el extranjero, a celebrar contrato ante el Comisario de Trabajo. Además, debemos señalar la emisión de los siguientes decretos y leyes. El 6 de abril se reforma el Art. 11 de la Ley de Contrato Individual de Trabajo en relación a la estipulación de salarios en contratos ocasionales o permanentes. El 7 de abril se innova las normas sobre desahucio en lo pertinente a los contratos a tiempo fijo renovados que se acumularán para los efectos de la indemnización equivalente a la remuneración de un mes por cada año de servicio con un límite de 25 años. Anteceden a la presente investigación, algunos trabajos de carácter universitarios de pre y por grado, quienes mencionan temas similares sobre inconstitucionalidades en el régimen laboral ecuatoriano.