La responsabilidad jurídica del citador judicial establecida en el artículo 63 del COGEP, en relación a los artículos 142.4 y 107.4 IBÍDEM

El Código Orgánico General de Procesos (Asamblea, 2016), establece en su artículo 63 que “la o el citador tendrá responsabilidad administrativa, civil o penal por el incumplimiento de sus obligaciones, incluida la certificación de la identidad de la persona citada y de la determinación del lugar de...

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Autor principal: Salazar Berruz, Marcos Sebastián (author)
Format: bachelorThesis
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Publicat: 2020
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Accés en línia:http://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/11469
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