Garantías jurisdiccionales, la defensa tecnica y el estado de indefensión
En todo proceso judicial, se deben contemplar las garantías básicas sin perjuicio de las demás que se establezcan en la Constitución, instrumentos y tratados internacionales de derechos humanos, las leyes o la jurisprudencia. Todo hombre y/o mujer tendrá la potestad para acceder ante los administrad...
Wedi'i Gadw mewn:
| Prif Awdur: | |
|---|---|
| Fformat: | masterThesis |
| Iaith: | spa |
| Cyhoeddwyd: |
2019
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| Pynciau: | |
| Mynediad Ar-lein: | http://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/11060 |
| Tagiau: |
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| Crynodeb: | En todo proceso judicial, se deben contemplar las garantías básicas sin perjuicio de las demás que se establezcan en la Constitución, instrumentos y tratados internacionales de derechos humanos, las leyes o la jurisprudencia. Todo hombre y/o mujer tendrá la potestad para acceder ante los administradores de justicia y conseguir que se les garantice la tutela judicial efectiva de sus derechos e intereses, sin quedar en indefensión. Se sancionará de acuerdo a la ley la inobservancia de las resoluciones judiciales. En la defensa técnica a más del cocimiento jurídico, existe la confianza absoluta que el defendido y la presunción legal de su Abogado defensor entregándole seguridad; esto es en el ordenamiento jurídico, cuando el procesado está ausente, como en los casos de peculado, cohecho, concusión y enriquecimiento ilícito; siendo en este sentido claro, al señalarse en las directrices de las Naciones Unidas sobre el acceso a la asistencia jurídica que el defensor debe ser técnicamente independiente y tener idoneidad profesional y personal, a más de su aptitud intelectual en la causa que está defendiendo. De manera general el trabajo de la defensa técnica agrupa obligaciones básicas como la de acercarse y entrevistarse con su defendido que en varios casos están presos, la de brindar información y fijar una estrategia de defensa con la información que le sea proveída. |
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