El delito de peculado y el principio de proporcionalidad de las penas

Este trabajo de investigación es muy importante por la situación que se encuentra atravesando el Ecuador, tanto en estos momentos de pandemia del SARS-COV2 o COVID 19, así como por los casos de corrupción donde han sido sentenciados un ex vicepresidente, ministros y colaboradores del anterior gobier...

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Detalhes bibliográficos
Autor principal: Sánchez Espinoza, Jorge Hernando (author)
Formato: article
Idioma:spa
Publicado em: 2021
Assuntos:
Acesso em linha:https://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/12503
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Resumo:Este trabajo de investigación es muy importante por la situación que se encuentra atravesando el Ecuador, tanto en estos momentos de pandemia del SARS-COV2 o COVID 19, así como por los casos de corrupción donde han sido sentenciados un ex vicepresidente, ministros y colaboradores del anterior gobierno. El Código Orgánico Integral Penal, entró en vigencia en su totalidad el 10 de agosto del año 2014, y una parte el 10 de febrero del 2014, aquí en su normativa se considera a la infracción penal como la conducta típica antijurídica y culpable, que se encuentra sancionada en este Código, siguiendo en este sentido la teoría finalista. Para el estudio de este tema se lo hace en base a la sanción del delito de peculado y sobre todo a la proporcionalidad de la pena, teniendo en cuenta que la pena debe siempre ser impuesta de acuerdo al delito cometido y el daño causado al bien jurídico protegido, en este caso es la administración pública. En esta investigación se han empleado los métodos de investigación: Inductivo Deductivo, Analítico-Sintético, Histórico-Lógico y como técnicas de investigación, la Observación y la Revisión Bibliográfica.