Restitución de pensión provisional para mujer embarazada y la prueba de ADN
La legislación de los países pertenecientes a la Unión Europea ha establecido determinados elementos básicos para las relaciones conyugales y de pareja, entre estos principios figura la fidelidad. La realidad en España ha demostrado que existen casos en donde este valor no es practicado, existen dat...
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| 1. Verfasser: | |
|---|---|
| Format: | bachelorThesis |
| Veröffentlicht: |
2020
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| Schlagworte: | |
| Online Zugang: | https://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/12384 |
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| Zusammenfassung: | La legislación de los países pertenecientes a la Unión Europea ha establecido determinados elementos básicos para las relaciones conyugales y de pareja, entre estos principios figura la fidelidad. La realidad en España ha demostrado que existen casos en donde este valor no es practicado, existen datos estadísticos que aseguran la práctica de entre 2500 y 4000 pruebas de ADN cada año, en donde el 25% de los resultados obtenidos demuestran que el sometido al examen no es el progenitor biológico del niño o niña1, los datos estadísticos expuestos han ocasionado que la legislación de este país discuta sobre si el hecho de atribuirle la paternidad a una persona distinta al padre biológico debe ser indemnizable o resarcible, ya que la procreación con personas ajenas al cónyuge o a la pareja se entiende como una deslealtad; en este sentido las normas españolas han regulado las restituciones de las pensiones alimenticias únicamente en casos excepcionales donde evidentemente se demuestra una mala fe o un engaño reiterado que pretende el enriquecimiento ilícito de la madre, y que ciertamente perjudica al presunto progenitor que no es el padre biológico2. La prueba de ADN es indispensable para determinar la paternidad en este tipo de procesos siendo la única confiable en la valoración probabilística de la coincidencia de perfiles humanos (Gómez, 2014). |
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