Análisis crítico – jurídico de la sentencia de la Corte Constitucional no. 28-15-in, por inconstitucionalidad de fondo del artículo 106, numeral 2 y 4 del Código de la Niñez y Adolescencia, por falta de garantía al principio del interés superior del Niño, Niña y Adolescentes

En voto de mayoría, la Corte declaró la inconstitucionalidad por el fondo de las siguientes frases del art. 106 del Código de la Niñez y Adolescencia: “la patria potestad de los que no han cumplido doce años se confiará a la madre”, y, “se preferirá a la madre, siempre que no afecte el interés super...

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Autore principale: Martinez Vallejo, Luis Miguel (author)
Natura: bachelorThesis
Lingua:spa
Pubblicazione: 2023
Soggetti:
Accesso online:https://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/16502
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Descrizione
Riassunto:En voto de mayoría, la Corte declaró la inconstitucionalidad por el fondo de las siguientes frases del art. 106 del Código de la Niñez y Adolescencia: “la patria potestad de los que no han cumplido doce años se confiará a la madre”, y, “se preferirá a la madre, siempre que no afecte el interés superior del hijo o la hija”, por ser contrarias al principio de interés superior de niños, niñas y adolescentes, al derecho a la igualdad, y a la corresponsabilidad parental. Mediante la utilización de las pruebas de igualdad y proporcionalidad, la Corte Constitucional Ecuatoriana encontró que las normas impugnadas son contrarias al derecho a la igualdad y no discriminación y al principio de interés superior de los niños, niñas y adolescentes. Asimismo, determinó que el encargo preferente de la tenencia hacia la madre viola el principio de corresponsabilidad parental. Además, se refirió a la violencia de género. En consideraciones adicionales, estableció parámetros provisionales para evaluar, caso por caso, el encargo de la tenencia de los niños niñas y adolescentes. El juez Ramiro Ávila Santamaría, razonó su voto concurrente, respecto de: 1) la discusión sobre los argumentos a favor de la preferencia materna; 2) la discriminación contra la mujer y el derecho transformador; 3) las razones esencialistas que determinan el rol de cuidado en la mujer; 4) los riesgos y los efectos de la declaratoria de inconstitucionalidad; 5) el rol de cuidado no es dado, se aprende; 5) el interés superior del niño y el derecho a ser escuchado.