Análisis de la discrecionalidad del juzgador en la fijación de la reparación integral en el delito de femicidio

Se ha podido evidenciar que en las sentencias emitidas por muchos de los jueces y tribunales del Ecuador no existe una debida motivación, una adecuada justificación, una precisa proporcionalidad, ni tampoco una valoración lógica, coherente y no discrecional de la reparación integral, que debe hacers...

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التفاصيل البيبلوغرافية
المؤلف الرئيسي: Coronel Molina, Fanny Talia (author)
التنسيق: masterThesis
اللغة:spa
منشور في: 2017
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الوصول للمادة أونلاين:http://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/6490
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الملخص:Se ha podido evidenciar que en las sentencias emitidas por muchos de los jueces y tribunales del Ecuador no existe una debida motivación, una adecuada justificación, una precisa proporcionalidad, ni tampoco una valoración lógica, coherente y no discrecional de la reparación integral, que debe hacerse de acuerdo a la afectación del bien jurídico protegido, al aplicar la forma, los mecanismos, e incluso el monto de la reparación integral. Es menester que las y los juzgadores en el Ecuador utilicen la sana crítica, y realicen un adecuado análisis, conforme a derecho de acuerdo a lo que establece la Constitución de la República de Ecuador: “Art. 78.- Las víctimas de infracciones penales gozarán de protección especial, se les garantizará su no revictimización, particularmente en la obtención y valoración de las pruebas, y se las protegerá de cualquier amenaza u otras formas de intimidación. Se adoptarán mecanismos para una reparación integral que incluirá, sin dilaciones, el conocimiento de la verdad de los hechos y la restitución, indemnización, rehabilitación, garantía de no repetición y satisfacción del derecho violado y el Código Orgánico Integral Penal en el Art. 622 expresa: “Art. 622.- Requisitos de la sentencia.-… 6. La condena a reparar integralmente los daños ocasionados por la infracción con la determinación del monto económico que pagará la persona sentenciada a la víctima y demás mecanismos necesarios para la reparación integral, con determinación de las pruebas que hayan servido para la cuantificación de los perjuicios cuando corresponda. …”