El derecho a la defensa del obligado en la audiencia única en el juicio de alimentos

La Corte Nacional de Justicia del Ecuador emitió la Resolución No. 04-2018 con fecha 28 de marzo del 2018, donde se establece que en caso de que la parte actora no comparezca a la audiencia única de alimentos, el juez deberá ratificar la pensión del auto de calificación, misma que vulnera el derecho...

Olles dieđut

Furkejuvvon:
Bibliográfalaš dieđut
Váldodahkki: Mariño Silva, Verónica Paulina (author)
Materiálatiipa: masterThesis
Giella:spa
Almmustuhtton: 2021
Fáttát:
Liŋkkat:https://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/13434
Fáddágilkorat: Lasit fáddágilkoriid
Eai fáddágilkorat, Lasit vuosttaš fáddágilkora!
Govvádus
Čoahkkáigeassu:La Corte Nacional de Justicia del Ecuador emitió la Resolución No. 04-2018 con fecha 28 de marzo del 2018, donde se establece que en caso de que la parte actora no comparezca a la audiencia única de alimentos, el juez deberá ratificar la pensión del auto de calificación, misma que vulnera el derecho a la defensa del obligado, por cuando queda en la indefensión al no poder formular sus alegaciones y practicar sus medios probatorios de los que se creen asistidos. Con estos antecedentes se realizó un examen complexivo con el objetivo de elaborar un documento de análisis crítico jurídico, donde se evidencie como la aplicación del artículo 1 de la Resolución 04-2018 emitida por la Corte Nacional de Justicia, vulnera el derecho a la defensa del obligado en la audiencia única en el juicio de alimentos, cuando no comparece la parte actora, y proponer una alternativa para garantizar los derechos del alimentante. Para este fin, fue necesario aplicar una modalidad cualitativa, usando una investigación descriptiva, explicativa, de campo, exploratoria, empleando los métodos: histórico–lógico, inductivo–deductivo, analítico–sintético, y exegético la técnica aplicada fue el estudio de casos. Se obtuvo como principal resultado que efectivamente en estos procesos sumario, se vulnera el derecho a la defensa del demando, por lo que con estas características se enfoca en poder reformar la Resolución No. 04-2018, en el que se le otorgue al obligado a ejercer derecho de defensa y se realice la audiencia en caso de no comparecer la parte actora.