La conciliación en delitos sancionados con pena privativa de libertad mayor a cinco años en Ecuador
En Ecuador, el desarrollo de la conciliación en materia Penal se encuentra enmarcada a partir de la Justicia Restaurativa como una alternativa procesal con el fin de equilibrar la satisfacción de pretensiones entre víctima y victimario. Dicho mecanismo se originó en el Ecuador en 1997 desde la aplic...
محفوظ في:
| المؤلف الرئيسي: | |
|---|---|
| التنسيق: | bachelorThesis |
| اللغة: | spa |
| منشور في: |
2022
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| الموضوعات: | |
| الوصول للمادة أونلاين: | https://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/15834 |
| الوسوم: |
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| الملخص: | En Ecuador, el desarrollo de la conciliación en materia Penal se encuentra enmarcada a partir de la Justicia Restaurativa como una alternativa procesal con el fin de equilibrar la satisfacción de pretensiones entre víctima y victimario. Dicho mecanismo se originó en el Ecuador en 1997 desde la aplicación de los métodos alternativos de solución de conflictos, con la creación de la Ley de Arbitraje y Mediación. Y posteriormente fueron establecidos en la Constitución Política de 1998 como métodos alternativos de solución de conflictos. En el Código Orgánico Integral Penal (COIP), se encuentra la teoría de la justicia restaurativa, en lo referente a la reparación integral, con relación a aquello, uno de los mecanismos de su aplicación es la conciliación, la cual se encuentra instituida en los artículos 663 al 665, que está limitada a ciertos delitos, entre ellos, aquellos procesos cuyos delitos tengan pena privativa de libertad menor a cinco años y que se encuentren en la fase preprocesal de invest igación previa, hasta antes de que concluya la etapa de instrucción fiscal; y, que el monto no exceda de treinta salarios básicos unificados del trabajador en general en delitos contra la propiedad. (Asamblea Nacional, 2014). |
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