Inclusión de las personas privadas de libertad en circunstancias agravantes del delito de tortura en la legislación penal ecuatoriana

Desde tiempos remotos la tortura ha sido utilizada como un método de obtener información y castigo físico, esta conducta se remonta a las civilizaciones antiguas, como la romana y la griega, en cuanto que, en la antigua Roma, la tortura se utilizaba en la obtención de pruebas en casos criminales y p...

Full beskrivning

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Bibliografiska uppgifter
Huvudupphovsman: García Núñez, Christian Patricio (author)
Materialtyp: masterThesis
Språk:spa
Publicerad: 2023
Ämnen:
Länkar:https://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/17386
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Beskrivning
Sammanfattning:Desde tiempos remotos la tortura ha sido utilizada como un método de obtener información y castigo físico, esta conducta se remonta a las civilizaciones antiguas, como la romana y la griega, en cuanto que, en la antigua Roma, la tortura se utilizaba en la obtención de pruebas en casos criminales y políticos, por lo que la tortura como delito es compleja y abarca milenios (Reyes, 2019). A lo largo de la historia, ha habido avances en la prohibición y la condena de la tortura, pero también persistencia en su uso en algunas circunstancias (Acosta, 2007). El desarrollo del derecho internacional y los esfuerzos de la comunidad internacional han sido fundamentales en la lucha contra la tortura como un crimen grave y una violación de los derechos humanos (Atarama, 2020). Tanto en la doctrina como en la jurisprudencia, a nivel internacional, existen consenso en cuanto a la concepción de la tortura, como acto denigrante, en detrimento tanto físico, mental y moral a las personas (Sánchez, 2022). Resulta, de ella, víctimas, millones de personas en el mundo, con mayor incidencia en las poblaciones penitenciarias. Por ello se ha recogido con énfasis en la Declaración Universal de Derechos Humanos, donde se dispone en forma prohibitiva (Stroppa, 2020). Luego, la tortura fue incorporada como una violación grave a los derechos humanos, y de sanción obligatoria para los estados, en el artículo 7 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas, el 16 de diciembre de 1966, el cual determina que nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes (Vargas, 2019).