El riesgo permitido como exclusión de culpabilidad en lesiones ocasionadas en delito de tránsito

En el presente artículo científico se ha desarrollado un análisis jurídico de doctrina fundamentada, estudio de normativa y, se llevó a cabo entrevistas a especialistas en Derecho penal, a fin de determinar si el juzgador o tribunal competente debe aplicar el riesgo permitido como de exclusión de cu...

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מידע ביבליוגרפי
מחבר ראשי: Coles Manobanda, Angel Wilson (author)
פורמט: masterThesis
שפה:spa
יצא לאור: 2023
נושאים:
גישה מקוונת:https://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/16277
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סיכום:En el presente artículo científico se ha desarrollado un análisis jurídico de doctrina fundamentada, estudio de normativa y, se llevó a cabo entrevistas a especialistas en Derecho penal, a fin de determinar si el juzgador o tribunal competente debe aplicar el riesgo permitido como de exclusión de culpabilidad en lesiones ocasionadas en delito de tránsito y, si este precepto jurídico es necesario incorporar en el Código Orgánico Integral Penal. Para lo cual, se han utilizado adecuada y eficazmente los siguientes materiales y métodos: de análisis y síntesis, de inducción y deducción, de enfoque en sistema , análisis documental; por la naturaleza del alcance es: descriptivo, analítico explicativo; y como técnica se utilizó la entrevista y, en cuanto a la población tenemos a profesionales en Derecho penal, específicamente jueces de Garantías Penales, Defensores Públicos y, Fiscal de Tránsito. Por consiguiente, los destacados juristas referidos en el presente estudio coinciden sus criterios jurídicos respecto al riesgo permitido cuando manifiestan que, es toda actividad humana representa un peligro relevante, pero mientras una persona o el ciudadano actúe en cumplimiento de su rol o desarrolla sus actividades dentro del límite establecido por la ley no violenta ningún bien jurídico tutelado. Además, los especialistas mencionados concluyen que las lesiones ocasionadas en delito de tránsito dentro del riesgo permitido constituyen causa de exclusión de culpabilidad, por cuanto el presunto infractor ha intervenido en un accidente en estricto cumplimiento al deber objetivo de cuidado, es decir de conformidad con la ley y, el reglamento creado para el efecto.