El régimen de visitas y el derecho de los hijos a conocer a sus progenitores

Como antecedente fundamental es de considerar la figura jurídica del régimen de visitas está reconocida dentro de la legislación ecuatoriana desde hace ya un tiempo atrás, y desde ese entonces, no se ha establecido mecanismos legales pertinentes para garantizar su cumplimiento al no existir una sanc...

Cijeli opis

Spremljeno u:
Bibliografski detalji
Glavni autor: Ortiz Guerra, Karen Elizabeth (author)
Format: bachelorThesis
Jezik:spa
Izdano: 2017
Teme:
Online pristup:http://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/6174
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Opis
Sažetak:Como antecedente fundamental es de considerar la figura jurídica del régimen de visitas está reconocida dentro de la legislación ecuatoriana desde hace ya un tiempo atrás, y desde ese entonces, no se ha establecido mecanismos legales pertinentes para garantizar su cumplimiento al no existir una sanción para el progenitor en caso de incumplimiento de la resolución en la cual se fija régimen de visitas, a fin de velar por el cumplimiento y ejercicio de esta figura jurídica, con el único propósito de que los niños, niñas y adolescentes mantengan el derecho a precautelar las relaciones afectivas permanentes, personales y regulares con ambos progenitores, especialmente, cuando se encuentren separados por cualquier circunstancia. Entonces el objetivo que persigue tanto el régimen de visitas como el derecho de los niños, niñas y adolescentes a conocer a sus progenitores y mantener relaciones con ellos, según el Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia, es estrechar las relaciones familiares, y su establecimiento descansa en la necesidad de asegurar la solidaridad familiar; por ello el régimen debe ser establecido de modo que contemple tanto el interés de los padres como el de los niños, niñas y adolescentes, y aun cuando a estos últimos hay que dar preeminencia, debe advertirse el interés superior del niño.