Las contravenciones del tránsito captadas por medios tecnológicos y el nuevo código orgánico integral penal

Dos años y meses demoró la Asamblea Nacional para expedir el nuevo Código Orgánico Integral Penal que reemplaza al que regía desde 1938 (Código Penal). La nueva legislación incluye a las infracciones de tránsito en su capítulo octavo, dividiéndolas en delitos culposos y contravenciones de tránsito s...

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Tác giả chính: Vásquez Illescas, Mauricio Andrés (author)
Định dạng: masterThesis
Ngôn ngữ:spa
Được phát hành: 2014
Những chủ đề:
Truy cập trực tuyến:http://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/3129
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Tóm tắt:Dos años y meses demoró la Asamblea Nacional para expedir el nuevo Código Orgánico Integral Penal que reemplaza al que regía desde 1938 (Código Penal). La nueva legislación incluye a las infracciones de tránsito en su capítulo octavo, dividiéndolas en delitos culposos y contravenciones de tránsito sancionados con responsabilidad civil, penal y administrativa. La iniciativa legal fue propuesta por el gobierno a través del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El cambio y nueva redacción duró más de dos años y los últimos escollos fueron presentados por el propio Presidente de la República que objetó 73 de los 937 artículos que contienen los tres libros del flamante Código. Sin embargo el mayor problema que enfrenta la implantación de una reforma de esta magnitud es sin duda la percepción de la sociedad sobre la inseguridad, combinada con el discurso que pregona más penas e inclusive privación de libertad para obtener mayor seguridad y en el caso que nos ocupa nos referimos a la Seguridad Vial, al punto que se han endurecido las sanciones incluyendo a ciertas infracciones que en la Ley remplazada constituían una sanción administrativa y en la actualidad en el COIP se ha incrementado la pena hasta llegar a privación de libertad, tal es el caso del articulo 383 ibídem que sanciona a la persona que conduzca un vehículo con llantas lisas o en mal estado, con pena privativa de libertad de 5 a 15 días y la disminución de 5 puntos en su licencia de conducir, esto en el caso de particulares, duplicándose la misma para el transporte púbico.