El derecho de los ciclistas en la Ciudad de Babahoyo: Un derecho exigible y verificable

Con el advenimiento de la Constitución del 2008 el Estado procura que los Gobiernos Autónomos Descentralizados administren adecuadamente los entornos naturales y urbanos en varios aspectos, siendo uno de estos el promover y mejorar el acceso a medios de transporte que no sean motorizados, designado...

Deskribapen osoa

Gorde:
Xehetasun bibliografikoak
Egile nagusia: Bazan Loor, Kevin Ulises (author)
Formatua: bachelorThesis
Hizkuntza:spa
Argitaratua: 2019
Gaiak:
Sarrera elektronikoa:http://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/10692
Etiketak: Etiketa erantsi
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Deskribapena
Gaia:Con el advenimiento de la Constitución del 2008 el Estado procura que los Gobiernos Autónomos Descentralizados administren adecuadamente los entornos naturales y urbanos en varios aspectos, siendo uno de estos el promover y mejorar el acceso a medios de transporte que no sean motorizados, designado de manera específica esta actividad a la construcción de espacios específicos para el uso de bicicletas que se denomina ciclo vía. Con esta base, existen una serie de normativas que asumen esta obligación, siendo claros ejemplos de esta materialización lo dispuesto en el Plan Nacional de Desarrollo (SENPLADES, 2018) específicamente en los lineamientos territoriales en relación a la reducción de inequidades, el ápice a4 expresa claramente que es deber del Estado promover la movilidad sustentable dando prioridad a sistemas masivos y otros medios de transporte no motorizados. A nivel local, dentro del Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial (Alcaldia de Babahoyo, 2017) se trata de manera subjetiva esta temática pues se encuentra manifestada dentro del objetivo 7 de garantizar la participación ciudadana, siendo dentro del programa del Plan de movilidad urbana del cantón el proyecto de señalización de las vías y en el programa de seguridad, el proyecto de capacitación de uso de vías tanto en áreas urbanas como rurales, es así que dentro de las perspectivas del gobierno local no se manifiestan políticas directas que promuevan el desarrollo y uso de ciclovías como así lo propone la Constitución.