Servicio comunitario como sanción en contravenciones de conducción de vehículo en estado de embriaguez
El Código Orgánico Integral Penal, publicado en el registro oficial N. 180, el 10 de febrero del año 2014, trajo consigo un catálogo de contravenciones de tránsito con sus respectivas sanciones, tema que anteriormente estaba regulado por la Ley Orgánica de Transporte Terrestre Tránsito y Seguridad V...
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Huvudupphovsman: | |
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Materialtyp: | bachelorThesis |
Språk: | spa |
Publicerad: |
2022
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Ämnen: | |
Länkar: | https://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/14466 |
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Sammanfattning: | El Código Orgánico Integral Penal, publicado en el registro oficial N. 180, el 10 de febrero del año 2014, trajo consigo un catálogo de contravenciones de tránsito con sus respectivas sanciones, tema que anteriormente estaba regulado por la Ley Orgánica de Transporte Terrestre Tránsito y Seguridad Vial, facultando así a la normativa penal ecuatoriana, para que conozca, resuelva y sancione de ser el caso, a las personas que dentro del ámbito de la seguridad vial, sobrepasen los límites previstos para que los conductores puedan circular por las calles y respeten el libre tránsito de los ciudadanos. En la actualidad, el Código Orgánico Integral Penal, contempla en el libro I, capítulo VIII, sección 3ª, en su artículo 385, (en relación a la contravención de tránsito por conducción de un vehículo en estado de embriaguez), sanciones en diferentes escalas dependiendo el nivel de alcohol por litro de sangre, mismas que pueden llegar a una pena de hasta noventa días de privación de libertad, estas sanciones muy excesivas en relación a lo que preveía la Ley Orgánica de Transporte Terrestre Tránsito y Seguridad Vial, que en su capítulo V, en relación a las contravenciones de tránsito, en su sección 7, catalogaba como contravención muy grave, en su artículo 145, como sanción 3 días de privación de libertad, para quien condujera un vehículo en estado de embriaguez. |
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