La vulneración de los principios constitucionales de celeridad e imparcialidad,ante las excusas presentadas por los jueces civiles, para no conocer y resolver los procesos en el juzgado segundo de lo civil y mercantil de la ciudad de Riobamba, durante el año 2013

Luis Cueva Carrión, en su libro del debido proceso Quito- 1era. Edición 2001.Pag 61, define, al Debido proceso como el conjunto de normas que regula los derechos y garantías con los que debe contar toda persona que es sometido a un proceso, interactuando en el seno de la sociedad como los demás sere...

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Dades bibliogràfiques
Autor principal: Sánchez Pilco, Irene de Lourdes (author)
Format: bachelorThesis
Idioma:spa
Publicat: 2015
Matèries:
Accés en línia:http://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/1204
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Sumari:Luis Cueva Carrión, en su libro del debido proceso Quito- 1era. Edición 2001.Pag 61, define, al Debido proceso como el conjunto de normas que regula los derechos y garantías con los que debe contar toda persona que es sometido a un proceso, interactuando en el seno de la sociedad como los demás seres sociales, el mismo que debe ser justo, oportuno y equitativo. “El Debido Proceso es un principio jurídico procesal o sustantivo, según el cual toda persona tiene derecho a ciertas garantías mínimas, tendiente a asegurar un resultado justo y equitativo dentro del proceso, y a permitir tener oportunidad de ser oído y hacer valer sus pretensiones frente al Juez1(Cueva, 2001). El artículo 8.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos establece que toda persona tiene derecho a ser oída, en cualquier proceso, por un "tribunal competente, independiente e imparcial". El cumplimiento de estos tres requisitos permite garantizar la correcta determinación de los derechos y obligaciones de las personas. Tales características, además, deben estar presentes en todos los órganos del Estado que ejercen función jurisdiccional, según lo ha establecido la Corte Interamericana de Derechos Humanos.