Pena privativa de libertad y su modificación a trabajo comunitario por conducir un vehículo en estado de embriaguez

El Código Orgánico Integral Penal (COIP) del Ecuador determina que la contravención por conducir un vehículo en estado de embriaguez, se clasifica según el nivel de alcohol por litro de sangre, y en este sentido la sanción se tipificó de acuerdo con esa circunstancia, en 5, 15, 30 y hasta 90 días de...

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主要作者: Alcivar Caicedo, Alexis Ariel (author)
格式: masterThesis
语言:spa
出版: 2023
主题:
在线阅读:https://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/15765
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实物特征
总结:El Código Orgánico Integral Penal (COIP) del Ecuador determina que la contravención por conducir un vehículo en estado de embriaguez, se clasifica según el nivel de alcohol por litro de sangre, y en este sentido la sanción se tipificó de acuerdo con esa circunstancia, en 5, 15, 30 y hasta 90 días de privación de la libertad, la reducción de puntos en la licencia de conducir, suspensión de dicho documento y multa pecuniaria. Si bien el COIP no ha establecido la potestad jurisdiccional de modificar la pena privativa por una pena no privativa como el trabajo comunitario, pese a que en la Constitución del Ecuador (2008)existe un modelo garantista que prevalece sobre el sistema punitivo de sanciones. Con estos antecedentes, el presente trabajo se elaboró con el objeto de determinar la factibilidad que un juez pueda modificar o sustituir la pena privativa de libertad por trabajo comunitario, donde la investigación se caracterizó por ser de tipo descriptiva con enfoque mixto, cualitativo y cuantitativo, teniendo un estudio de tipo básico, documental y de campo, siendo importante la utilización de los métodos: analítico–sintético y exegético. Las técnicas utilizadas fueron la entrevista semi estructurada y el estudio de casos. Los datos obtenidos evidencian que, frente al cometimiento de la infracción de conducir un vehículo en estado de embriaguez, los juzgadores pueden modificar su pena privativa por trabajo comunitario, en observancia del principio de mínima intervención penal contemplado en el artículo 3 del COIP.