Responsabilidad de los adolescentes infractores y la proporcionalidad de la pena en el delito de asesinato

Los Jueces de Adolescentes Infractores, mismos que son garantistas de derechos, emiten sentencias resultado en la etapa de Juicio, que es donde se desarrollan las pruebas acorde al debido proceso, pruebas obtenidas y que aportan elementos de convicción demostrando la materialidad de la infracción, a...

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שמור ב:
מידע ביבליוגרפי
מחבר ראשי: Soledispa Campos, Mercy Cristina (author)
פורמט: masterThesis
שפה:spa
יצא לאור: 2016
נושאים:
גישה מקוונת:http://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/5386
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סיכום:Los Jueces de Adolescentes Infractores, mismos que son garantistas de derechos, emiten sentencias resultado en la etapa de Juicio, que es donde se desarrollan las pruebas acorde al debido proceso, pruebas obtenidas y que aportan elementos de convicción demostrando la materialidad de la infracción, así como el nexo causal entre la infracción y el adolescente, que muchas veces, el adolescente en su momento sin tener atenuantes a su favor, se le impone una medida socio educativa que las establece el artículo 385 del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia, siendo la máxima establecidas en su numeral 3 en la que se impone una medida socioeducativa que va de cuatro a ocho años, que si bien es cierto el artículo 35 de CRE, los determina como personas vulnerables por cuanto están en proceso biopsicosocial, que por los acuerdos y tratados internacionales, derechos humanos, reconocidos dentro del ordenamiento jurídico ecuatoriano, les otorga protección integral a veces confundida con sobreprotección olvidando, que los adolescentes infractores son merecedores de protección integral, y la víctima que durante muchas épocas fue olvidada por la sociedad, actualmente la víctima se le reconocen sus derechos, en cuanto a la reparación integral; y es parte pre-procesal y procesal, pese a ello al momento de aplicar las medidas socioeducativas solo son observados los derechos de los adolescentes infractores, olvidando a la víctima, en el delito de Asesinato se establece penas privativas de libertad de 22 a 26 años, en el Art. 140 Código Orgánico Integral Penal vigente, a los adolescentes infractores se impone el internamiento de medida socio educativa de 4 a 8 años.