La apertura de la sucesión hereditaria en la legislación civil ecuatoriana y sus efectos jurídicos

El sistema de normas que rigen una sociedad no es perennes, no son absolutas, no son estáticas. Éstas deben estar en constante evolución relacionado con los cambios que vive la sociedad, es decir que frente a una realidad que no está regulada el derecho debía regularlo, aunque en la práctica no es a...

Descrición completa

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Detalles Bibliográficos
Autor Principal: Yacelga Troya, Patricia Alexandra (author)
Formato: bachelorThesis
Idioma:spa
Publicado: 2013
Subjects:
Acceso en liña:http://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/3004
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Descripción
Summary:El sistema de normas que rigen una sociedad no es perennes, no son absolutas, no son estáticas. Éstas deben estar en constante evolución relacionado con los cambios que vive la sociedad, es decir que frente a una realidad que no está regulada el derecho debía regularlo, aunque en la práctica no es así el legislador debe tratar de estar siempre a la par de los fenómenos que se desarrollan y/o cambian en una sociedad. La necesidad de normas y leyes que armonicen las situaciones derivadas de la muerte de un ser humano, respecto de su patrimonio; influenciaron para la consecución de esta normatividad. Una definición respecto de lo que es la sucesión, es el acto que nace en base a un título traslativo de dominio, por tanto se produce una sucesión; es decir, el derecho pasa de un sujeto a otro y conserva sustancialmente sus características inmutadas. Cuando se habla de “sucesión”, generalmente se hace mención de la sucesión por causa de muerte; esta es la sucesión por excelencia. Todos los individuos por su calidad de tales, necesariamente deben tener un patrimonio, esto es, un conjunto de derechos y obligaciones susceptibles de evaluación pecuniaria, y el cual consta indispensablemente de un activo y un pasivo. En el rubro del activo figuran todos los bienes y derechos, y en el pasivo sus obligaciones; tanto unos y otros deben ser evaluables en dinero.