La valoración de la prueba por parte de los tribunales competentes, en el delito de robo calificado

Según Locke solo las ideas prueban las ideas, desvincula el conocimiento de la realidad. Según el Dr. Javier de la Torre Prado en su libro sobre la Valoración de la Prueba en el proceso penal Ecuatoriano nos manifiesta que es un texto en donde se realiza un análisis sobre la prueba en el ámbito pena...

Szczegółowa specyfikacja

Zapisane w:
Opis bibliograficzny
1. autor: Gudiño Velasteguí, Diana Cumandá (author)
Format: bachelorThesis
Język:spa
Wydane: 2014
Hasła przedmiotowe:
Dostęp online:http://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/2588
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Opis
Streszczenie:Según Locke solo las ideas prueban las ideas, desvincula el conocimiento de la realidad. Según el Dr. Javier de la Torre Prado en su libro sobre la Valoración de la Prueba en el proceso penal Ecuatoriano nos manifiesta que es un texto en donde se realiza un análisis sobre la prueba en el ámbito penal que existe a nivel internacional, nacional, esta descripción forma parte del presupuesto de que la tarea del juzgador o aquél funcionario público encargado de administrar justicia realiza llegando a la verdad cuando se ha lesionado un bien jurídico protegido por el Estado, indica que en la mayoría de los casos, por el desconocimiento de la valoración de la prueba penal, a través de los efectos de la lógica jurídica, que no es otra cosa que el arte de juzgar, se han cometido graves equívocos en las sentencias que emiten los órganos jurisdiccionales. Andrés Ibáñez Magistrado de la Sala Segunda del Tribunal Supremo de España manifiesta: La prueba en el proceso penal es uno de los temas fundamentales en el trabajo de los jueces. Los derechos de las personas sometidas a una decisión judicial dependen de que el juez realice un uso solvente de aquélla. La aceptabilidad de la decisión por todos los demás miembros de la sociedad también está sujeta a que los hechos que la sostienen hayan sido efectivamente “probados”. Es, por tanto, una forma de proteger la actividad jurisdiccional. En nuestra Legislación Penal Ecuatoriana, se encuentra descrita la valoración de la prueba, en donde el Juez deberá observar las reglas de la lógica, la ciencia y las máximas de la experiencia y expondrá los resultados obtenidos y los criterios adoptados. Se valorará los Testigos de referencia, declaración de arrepentidos o colaboradores y situaciones análogas, solo con otras pruebas que corroboren, y se podrá imponer medida coercitiva, o dictar sentencia condenatoria.