Propuesta de reforma al Art. 2232 del Código Civil, referente al daño moral, dada su incidencia en el derecho patrimonial de las personas
Dentro de los conflictos presentados a la Corte Nacional de Justicia en su página principal no se reconoce mucha jurisprudencia acerca del daño moral, tomando en cuenta que se ha puesto como parámetro de búsqueda, la indemnización del daño moral en materia civil, lo cual va a ser el contexto de estu...
-д хадгалсан:
Үндсэн зохиолч: | |
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Формат: | bachelorThesis |
Хэл сонгох: | spa |
Хэвлэсэн: |
2016
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Нөхцлүүд: | |
Онлайн хандалт: | http://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/3987 |
Шошгууд: |
Шошго нэмэх
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Тойм: | Dentro de los conflictos presentados a la Corte Nacional de Justicia en su página principal no se reconoce mucha jurisprudencia acerca del daño moral, tomando en cuenta que se ha puesto como parámetro de búsqueda, la indemnización del daño moral en materia civil, lo cual va a ser el contexto de estudio en la investigación, analizando la incidencia en el Derecho Patrimonial de la Persona, lo más interesante es que al estudiar los casos, se contempla que los actores son personajes reconocidos en la palestra Política, los cuales han obtenido sumas millonarias como reaparición al daño moral, tornándose en un tema un tanto, hasta político, al razonar estos hechos cabría una incógnita importante ¿un juez fallaría a favor del actor con exorbitantes sumas de dinero, siendo éste una persona que no tome parte dentro de la política Ecuatoriana?, no obstante la pregunta, quede su respuesta a discreción del lector, pues la presente investigación no tendría la capacidad de sustentar tal pregunta, lo que si se buscaría el grado de afectación del derecho patrimonial de la parte demandada, para lo cual es necesario partir de argumentos y hechos reales; Según Medios, “La demanda penal, bajo el cargo de injurias calumniosas, instaurada por el presidente Rafael Correa, el pasado 22 de marzo de 2011, en contra de la compañía anónima diario El Universo, los directores (Carlos, César y Nicolás Pérez) y el editor de Opinión, Emilio Palacio, donde exigió, en calidad de ciudadano, una indemnización de $80 millones y tres años de prisión a cada uno de los involucrados y luego la posterior sentencia al pago de 40 millones de dólares, no es el único caso en el Ecuador.(Medios, 2012) Es importante tomar en cuenta que las cantidades que se manejan en este tipo de juicios son exorbitantes, de esta manera no es ni siquiera el juez quien delimita el monto pecuniario de la sanción, sino quien se siente ofendido, como ha sido el caso del Presidente de la República Rafael Correa Delgado, y sustanciándose en lo que expresa en el Art. 2232 inciso primero, le faculta al ofendido también a demandar la indemnización según el monto pecuniario que él, subjetivamente considere, afectando así a los derechos patrimoniales del demandado, concurriendo así en el caso del Universo, que tuvieron que declararse en quiebra y salieron fuera del país alegando que no poseen esa cantidad de dinero, para sanear el juicio y es que en este contexto se desarrolla la investigación. |
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