El formalismo judicial y la tutela judicial efectiva en la aplicación del código orgánico general de procesos en el cantón Cuenca
La aplicación del Código Orgánico General de Procesos ha generado una serie de inconvenientes a partir del 23 de mayo de 2016, respecto de una cantidad alta de demandas que no han sido calificadas por los operadores de justicia, circunstancia que ha motivado realizar este trabajo de investigación, p...
Gorde:
| Egile nagusia: | |
|---|---|
| Formatua: | masterThesis |
| Hizkuntza: | spa |
| Argitaratua: |
2017
|
| Gaiak: | |
| Sarrera elektronikoa: | http://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/6118 |
| Etiketak: |
Etiketa erantsi
Etiketarik gabe, Izan zaitez lehena erregistro honi etiketa jartzen!
|
| Gaia: | La aplicación del Código Orgánico General de Procesos ha generado una serie de inconvenientes a partir del 23 de mayo de 2016, respecto de una cantidad alta de demandas que no han sido calificadas por los operadores de justicia, circunstancia que ha motivado realizar este trabajo de investigación, para analizando las experiencias de otras legislaciones y partiendo desde la visión anglosajona de amplia aplicación, que constituye el modelo el cual se ha seguido, pero es preciso también observar las experiencias colombianas, chilenas y de la región que nos permitan apreciar los problemas y fortalezas que ha tenido el nuevo sistema oral en la administración de justicia. Uno de los principios constitucionales, es el de la oralidad en la administración de justicia y luego de ocho años se efectiviza esta norma Constitucional, que ya ha tenido su antecedente con la aplicación del COIP, en el año 2014. Pero, esta premisa constitucional debe ser entendida en su real sentido, el de la práctica de la oralidad y la necesidad de que todos los procesos y en todas las materias, instancias, etapas y diligencias, se llevarán a cabo mediante el sistema oral. El COGEP acoge la norma constitucional y lo lleva a los ámbitos de lo Civil y en temas Comerciales, así como el aspecto Laboral, de Familia Niñez y Adolescencia, que han tenido en los últimos años un tratamiento con una aproximación a la oralidad, con las experiencias orales que contempla el Código del Trabajo y las Audiencias Únicas en los temas de Familia; pero, además, se introduce en otras materias vedadas para el sistema oral como es el Contencioso Administrativo, Contencioso Tributario e Inquilinato. |
|---|