Movilidad humana y protección a los derechos de los migrantes
La migración es uno de los fenómenos más antiguos que se conoce, desde el surgimiento de la humanidad los seres humanos han tenido la necesidad de migrar de una región a otra en ocasiones para suplir sus necesidades básicas y en otros motivados por distintas situaciones y preferencias. No cabe dudas...
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| 第一著者: | |
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| 出版事項: |
2022
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| description | La migración es uno de los fenómenos más antiguos que se conoce, desde el surgimiento de la humanidad los seres humanos han tenido la necesidad de migrar de una región a otra en ocasiones para suplir sus necesidades básicas y en otros motivados por distintas situaciones y preferencias. No cabe dudas de que la migración es también un problema que incumbe al derecho, y por ello, contamos con un derecho migratorio, y de rango internacional, pues cada vez son más los tratados, acuerdos y convenios que se suscriben entre los diferentes estados en representación de cada uno de sus países. La historia de la humanidad ha estado marcada por distintas etapas y cada una de ellas tiene características distintivas. En la época antigua los movimientos humanos estuvieron caracterizados por su falta de espontaneidad; es decir, eran movimientos forzosos motivados por conquistas, conflictos bélicos o las constantes expulsiones. El aporte de este tipo de tipo de movilidad fue la exploración de nuevos territorios, la industrialización y la generalización y expansión de las características culturales (Morales Castillo, 2018). Las migraciones modernas tienen como características su globalización; estas pueden ser tanto dentro de un mismo país como entre países cercanos y no muy cercanos. Es necesario destacar que es común encontrar una multidiversidad de personas en cualquier país que se analice; esta diversidad y plurinacionalidad son propias de la movilidad humana moderna que se centra en varios motivos dentro de los que destaca los factores económicos, culturales, relaciones humanas y otros. A pesar de que el tema de la movilidad humana no es un concepto nuevo, si ha tenido variaciones importantes en los últimos años que han motivado varios reportes, estudios e investigaciones sobre este tema. Destaca la investigación realizada en el año 2017 por Lozada López. Esta investigación tuvo como objetivo realizar el análisis constitucional y práctico del principio de libre movilidad humana en el Ecuador. Para esto utilizaron una metodología cuali cuantitativa que incluyó la revisión de casos. Como principal resultado se tuvo la identificación de incumplimientos relacionados con la libre movilidad humana en la ciudad de Ambato, Ecuador. También en el año 2020 la abogada María del Carmen Mera Cabezas publicó los resultados de su investigación titulada ¨EL DERECHO HUMANO A LA MOVILIDAD Y EL DEBER DE PROTECCIÓN ESPECIAL DEL ESTADO ECUATORIANO¨. Esta investigación tuvo como objetivo analizar en qué medida el ordenamiento jurídico ecuatoriano era capaz de garantizar el deber especial de protección del estado a favor de personas en situación de movilidad. La metodología utilizada incluyó un estudio descriptivo, observacional, mixto y de corte transversal que permitió identificar, como principal resultado, que el estado no estaba garantizando su deber de protección ya que se estaban expidiendo normas de carácter regresivo de los derechos. El tema de estudio es relevante, novedoso y actual. La migración es un fenómeno que ha crecido considerablemente en los últimos años y Ecuador se ha convertido en un país con elevado flujo de migrantes, algunos de ellos en situación de tránsito, pero un porcentaje significativo en busca de una situación estable para radicarse y continuar con sus vidas. |
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| spelling | Movilidad humana y protección a los derechos de los migrantesBermúdez Chang, JessicaDERECHO DE LOS MIGRANTES, LEY ORGÁNICA DE MOVILIDAD HUMANA, MIGRACIÓN, MOVILIDAD HUMANALa migración es uno de los fenómenos más antiguos que se conoce, desde el surgimiento de la humanidad los seres humanos han tenido la necesidad de migrar de una región a otra en ocasiones para suplir sus necesidades básicas y en otros motivados por distintas situaciones y preferencias. No cabe dudas de que la migración es también un problema que incumbe al derecho, y por ello, contamos con un derecho migratorio, y de rango internacional, pues cada vez son más los tratados, acuerdos y convenios que se suscriben entre los diferentes estados en representación de cada uno de sus países. La historia de la humanidad ha estado marcada por distintas etapas y cada una de ellas tiene características distintivas. En la época antigua los movimientos humanos estuvieron caracterizados por su falta de espontaneidad; es decir, eran movimientos forzosos motivados por conquistas, conflictos bélicos o las constantes expulsiones. El aporte de este tipo de tipo de movilidad fue la exploración de nuevos territorios, la industrialización y la generalización y expansión de las características culturales (Morales Castillo, 2018). Las migraciones modernas tienen como características su globalización; estas pueden ser tanto dentro de un mismo país como entre países cercanos y no muy cercanos. Es necesario destacar que es común encontrar una multidiversidad de personas en cualquier país que se analice; esta diversidad y plurinacionalidad son propias de la movilidad humana moderna que se centra en varios motivos dentro de los que destaca los factores económicos, culturales, relaciones humanas y otros. A pesar de que el tema de la movilidad humana no es un concepto nuevo, si ha tenido variaciones importantes en los últimos años que han motivado varios reportes, estudios e investigaciones sobre este tema. Destaca la investigación realizada en el año 2017 por Lozada López. Esta investigación tuvo como objetivo realizar el análisis constitucional y práctico del principio de libre movilidad humana en el Ecuador. Para esto utilizaron una metodología cuali cuantitativa que incluyó la revisión de casos. Como principal resultado se tuvo la identificación de incumplimientos relacionados con la libre movilidad humana en la ciudad de Ambato, Ecuador. También en el año 2020 la abogada María del Carmen Mera Cabezas publicó los resultados de su investigación titulada ¨EL DERECHO HUMANO A LA MOVILIDAD Y EL DEBER DE PROTECCIÓN ESPECIAL DEL ESTADO ECUATORIANO¨. Esta investigación tuvo como objetivo analizar en qué medida el ordenamiento jurídico ecuatoriano era capaz de garantizar el deber especial de protección del estado a favor de personas en situación de movilidad. La metodología utilizada incluyó un estudio descriptivo, observacional, mixto y de corte transversal que permitió identificar, como principal resultado, que el estado no estaba garantizando su deber de protección ya que se estaban expidiendo normas de carácter regresivo de los derechos. El tema de estudio es relevante, novedoso y actual. La migración es un fenómeno que ha crecido considerablemente en los últimos años y Ecuador se ha convertido en un país con elevado flujo de migrantes, algunos de ellos en situación de tránsito, pero un porcentaje significativo en busca de una situación estable para radicarse y continuar con sus vidas.La migración se ha convertido en un fenómeno social cuyas dimensiones se han incrementado en los últimos años. En Ecuador, la Constitución de la República, promulga la ciudadanía universal y el derecho a la libre movilidad; la Ley Orgánica de Movilidad Humana expone los elementos referenciales que protegen a los migrantes; sin embargo, en la actualidad existen situaciones que frenan el cumplimiento de estos enunciados y vulneran los derechos de los migrantes existiendo expresiones de discriminación que resultan necesario que sean identificadas para elaborar un análisis jurídico de los procesos de movilidad humana en el Ecuador que permita garantizar los derechos de los migrantes. La metodología incluye una investigación básica, descriptiva y de cohorte transversal con universo de 597 migrantes, de los cuales 235 formaron parte de la muestra de investigación. Los principales resultados muestran promedio de edad de 38,27 años, predominio de la migración externa (71,49%). El 61,70% de las personas migran por causas económicas y el 41,28% de las personas provienen de Venezuela. El 81,28% consideró que habían sido víctimas de violación de sus derechos. En el 87,43% de los casos existió violación del derecho laboral. El 76,17% de los migrantes no conoce el contenido de la Ley Orgánica de Movilidad Humana. El presente estudio se enmarca en la línea de investigación relacionada con los retos, perspectivas y perfeccionamiento de las ciencias jurídicas en el Ecuador; fundamentalmente en el ordenamiento jurídico ecuatoriano, presupuesto históricos, teórico, filosóficos y constitucional.Piñas Piñas, Luis Fernando2022-07-04T18:10:01Z2022-07-04T18:10:01Z2022-04info:eu-repo/semantics/publishedVersioninfo:eu-repo/semantics/bachelorThesisapplication/pdfUR-DER-PDI-085-2022https://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/14744info:eu-repo/semantics/openAccessreponame:Repositorio Universidad Regional Autónoma de los Andesinstname:Universidad Regional Autónoma de los Andesinstacron:UNIANDES2022-07-04T18:10:08Zoai:dspace.uniandes.edu.ec:123456789/14744Institucionalhttps://dspace.uniandes.edu.ec/Institución privadahttps://www.uniandes.edu.ec/https://dspace.uniandes.edu.ec/oai.Ecuador...opendoar:4552026-01-24T12:26:07.554081Repositorio Universidad Regional Autónoma de los Andes - Universidad Regional Autónoma de los Andestrue |
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