Análisis jurídico del Decreto Ejecutivo 730 del miércoles 03 de mayo de 2023, en el Ecuador.

El ser humano siempre ha sentido la necesidad de sentirse seguro en los espacios en los que se encuentra, en esta coexistencia, es necesario ver la seguridad ciudadana como un proceso para crear, hacer cumplir y mantener el orden en la sociedad que permita reducir la amenaza de violencia y permita l...

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Detaylı Bibliyografya
Yazar: Salcedo Chulde, Elvis Aldair (author)
Materyal Türü: bachelorThesis
Dil:spa
Baskı/Yayın Bilgisi: 2024
Konular:
Online Erişim:https://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/18245
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Özet:El ser humano siempre ha sentido la necesidad de sentirse seguro en los espacios en los que se encuentra, en esta coexistencia, es necesario ver la seguridad ciudadana como un proceso para crear, hacer cumplir y mantener el orden en la sociedad que permita reducir la amenaza de violencia y permita la convivencia segura y pacífica (Sánchez et al., 2020). El artículo 3 de la Declaración Universal de Derechos Humanos tiene en cuenta la seguridad de los ciudadanos y todos los aspectos conexos: "Toda persona tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad integral"; artículo 7 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos: "Toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad" (Sánchez et al., 2020). El Estado ecuatoriano, de acuerdo a lo que establece el Art. 1 de la Constitución y para sus propios y soberanos intereses, admite que la seguridad constituye la esencia y el deber ser del Estado, la cual implica tres áreas específicas: 1. La defensa frente agresión de amenazas tradicionales externas al Estado, la seguridad pública que es responsabilidad del Gobierno y que abarca la seguridad ciudadana y el orden público y la seguridad de las personas frentes a los riesgos naturales y antrópicos (Asamblea Nacional del Ecuador, 2023)