La aplicación del interes superior de la niñez y adolescencia en el cumplimiento del derecho de alimentos establecido en la causa N° 13711-2013 seguido en el juzgado primero de la niñez y adolescencia de Ibarra
La Constitución de la República del Ecuador del 2008 consagra en sus disposiciones constitucionales el principio de interés superior en favor de la niñez y adolescencia ecuatoriana, lo que significa que es obligación del Estado, la sociedad, la familia garantizar de forma prioritaria y preferente lo...
Sparad:
| Huvudupphovsman: | |
|---|---|
| Materialtyp: | masterThesis |
| Språk: | spa |
| Publicerad: |
2015
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| Ämnen: | |
| Länkar: | http://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/2398 |
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| Sammanfattning: | La Constitución de la República del Ecuador del 2008 consagra en sus disposiciones constitucionales el principio de interés superior en favor de la niñez y adolescencia ecuatoriana, lo que significa que es obligación del Estado, la sociedad, la familia garantizar de forma prioritaria y preferente los derechos de los niños, niñas y adolescentes, especialmente en la satisfacción de sus necesidades, como son alimentación, salud, educación, vestido, vivienda, recreación que le permita llevar una vida digna, siendo responsabilidad de sus progenitores dicha satisfacción, ya que ser padres no solo consiste en procrear, sino educarlos, amarlos, procurarles de todos los medios económicos necesarios que estén a su alcance para que se desarrollen y tengan una vida digna, mientras no cuenten con la capacidad para proveerse por sí mismo de aquellos. La responsabilidad económica que tienen los progenitores respecto de la satisfacción de las necesidades de los hijos, es asumida en nuestro país indistintamente si son solteros, casados, divorciados, pues constituye el derecho de alimentos, cuyas características son irrenunciabilidad, inembargabilidad, intransferible, imprescriptible, no admite compensación, por tanto debe ser cumplido a cabalidad cuando sea reclamado su ejercicio para lo cual el Estado ecuatoriano ha instituido en la normativa jurídica las disposiciones legales que se aplicarán para garantizar el cumplimiento de tal derecho, cuando no sea asumido voluntariamente por el padre o la madre a quien le corresponda suministrar la pensión alimenticia en beneficio de los hijos o hijas. |
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