La violación a la intimidad según el Código Orgánico Integral Penal

Según a lo instaurado conforme a lo que determina “violación a la intimidad”; en realidad al Código Orgánico General de Procesos que normaliza este tipo de violaciones a los datos personales, sin contar con la autorización de las personas o la correspondiente autorización legal. Este delito no sanci...

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Bibliografiska uppgifter
Huvudupphovsman: Bravo Urrutia, Sandra Fabiola (author)
Materialtyp: bachelorThesis
Språk:spa
Publicerad: 2018
Ämnen:
Länkar:http://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/9178
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Beskrivning
Sammanfattning:Según a lo instaurado conforme a lo que determina “violación a la intimidad”; en realidad al Código Orgánico General de Procesos que normaliza este tipo de violaciones a los datos personales, sin contar con la autorización de las personas o la correspondiente autorización legal. Este delito no sanciona a este tipo de abuso, dejando un vacío legal que solo va aser sancionado con una pena. La intención de los asambleístas es instaurar dentro del Código Orgánico Integral Penal una sanción, donde no se divulgue los datos personales, en ninguna entidad pública ni privada; como esta norma expresa solamente únicamente los datos considerados como personales y al encontrarse prohibido en el ámbito del derecho penal el que se realicen interpretaciones extensivas del tipo penal, se podría establecer la existencia de una laguna que impediría sancionarl el abuso del derecho al requerir y malutilizar información personal”. (Cuadros Javier, 2016) Lo que ha pretendido el legislador es cuidar el bien jurídico personal esto es “los datos personales” como bien tutelado, debe eviatarse que los “datos íntimos” o “información íntima”, comprometan a la intimidad, y evitar que exista alguna ambigüedad en la norma.