Procedencia de la rebaja de pensiones alimenticias frente a valores adeudados en el juicio principal de alimentos

El juicio de alimentos es uno de los principales procesos judiciales que se sustancia en los juzgados de Ecuador. Día a día es común escuchar la convocatoria y celebración de audiencias únicas de alimentos o de revisión de apremio personal, donde básicamente se debate a nivel judicial la procedencia...

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Main Author: Guanoluisa Rodríguez, Kenny Edith (author)
Format: bachelorThesis
Language:spa
Published: 2023
Subjects:
Online Access:https://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/17084
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Description
Summary:El juicio de alimentos es uno de los principales procesos judiciales que se sustancia en los juzgados de Ecuador. Día a día es común escuchar la convocatoria y celebración de audiencias únicas de alimentos o de revisión de apremio personal, donde básicamente se debate a nivel judicial la procedencia de pensiones alimenticias o acuerdos de pagos de pensiones adeudadas. Para dicho efecto se aplican las normas adjetivas del Código Orgánico General de Procesos y sustantivas del Código Civil y el Código de la Niñez y Adolescencia, teniendo como resultado resoluciones y autos judiciales donde se fijan las pensiones alimenticias. Efectivamente la presente investigación versa sobre el derecho de alimentos, desde el enfoque adjetivo, toda vez que se identificó como problemática que la parte demandada del juicio de alimentos solicita incidente de rebaja de pensiones alimenticias, cuando existe deuda en el juicio principal, situación que a criterio de este estudio, transgrede el principio del interés superior del niño, debido que al aceptarse dicho incidente, se reduce el total del sufragio económico por concepto de alimentos a favor del alimentado, limitando el pleno ejercicio de su derecho a acceder a los alimentos que por ley le corresponde. En este orden de ideas, queda de manifiesto la importancia del presente tema, ya que al aceptar la demanda de incidente de rebaja de pensión alimenticia, cuando existe deuda principal en el juicio de alimentos, atenta al principio del interés superior, adquiere trascendencia en la protección de este grupo etario, que la norma suprema en los artículo 35, 44, 45 y 45, reconoce como grupo de atención prioritaria y por tanto los juicios de alimentos son mecanismos que buscan garantizar sus derechos en la administración de justicia.