Proyecto de ordenanza municipal del Cantón Pastaza, que regule el trámite de expropiación, en la vía administrativa.

En el trámite de expropiación por la vía administrativa, serán resueltas por las máximas autoridades administrativas de los gobiernos regional, provincial, metropolitano o municipal, y resolverán la declaratoria de utilidad pública, mediante acto debidamente motivado en el que constará en forma obli...

Ausführliche Beschreibung

Gespeichert in:
Bibliographische Detailangaben
1. Verfasser: Velasco Espín, Lenin Lisimaco (author)
Format: bachelorThesis
Sprache:spa
Veröffentlicht: 2014
Schlagworte:
Online Zugang:http://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/2742
Tags: Tag hinzufügen
Keine Tags, Fügen Sie den ersten Tag hinzu!
Beschreibung
Zusammenfassung:En el trámite de expropiación por la vía administrativa, serán resueltas por las máximas autoridades administrativas de los gobiernos regional, provincial, metropolitano o municipal, y resolverán la declaratoria de utilidad pública, mediante acto debidamente motivado en el que constará en forma obligatoria la individualización del bien o bienes requeridos y los fines que se destinará, así lo manifiesta el primer inciso del artículo. 447 del COOTAD. “Art. 57 COOTAD literal L.- Conocer las declaraciones de utilidad pública o de interés social de los bienes materia de expropiación resueltos por el alcalde conforme a la ley”. Los requisitos y el trámite de la declaratoria de expropiación administrativa se empieza observando el artículo 447 del COOTAD, para realizar expropiaciones.