El límite de tiempo para intervenir en las audiencias de garantías jurisdiccionales frente al derecho a la defensa y la tutela judicial efectiva
Es importante referirse a los derechos y principios constitucionales, como un referente importante relacionado con el tema de la presente investigación, al respecto se menciona que: Los derechos y principios constitucionales son aquellos incluidos en la norma constitucional y organizativa del Estado...
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| 第一著者: | |
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| フォーマット: | bachelorThesis |
| 言語: | spa |
| 出版事項: |
2017
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| 主題: | |
| オンライン・アクセス: | http://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/6438 |
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| 要約: | Es importante referirse a los derechos y principios constitucionales, como un referente importante relacionado con el tema de la presente investigación, al respecto se menciona que: Los derechos y principios constitucionales son aquellos incluidos en la norma constitucional y organizativa del Estado, generalmente se la denomina Constitución, que se consideran como básicos y fundamentales en nuestro sistema social y que están especialmente vinculados a la dignidad humana. Es decir, son aquellos derechos que disfrutan de un estatus especial en cuanto a garantías (de tutela y reforma) dentro del ordenamiento jurídico.1 La actual Constitución del Ecuador desarrolla el contenido de varios derechos y garantías que estuvieron establecidos en la Constitución de 1998, agregando además otros nuevos. La Constitución de 1998 hizo eco especialmente de limitadas garantías jurisdiccionales, es decir, una serie de acciones jurídicas ante los jueces, para reclamar ante la violación de derechos; entre estas acciones mencionaremos el amparo, el hábeas corpus y el hábeas data. La Constitución del Ecuador de 2008 mantiene estas garantías, pero también incluye otras tanto jurisdiccionales como no jurisdiccionales. Entre las jurisdiccionales se agregan a nivel constitucional el acceso a la información pública (art. 91) y la acción por incumplimiento (art. 93); además se crea el amparo o tutela contra sentencias judiciales en firme (arts. 94 acción extraordinaria de protección y 437 requisitos de la acción extraordinaria de protección) que se prohibía en la Constitución de 1998. |
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