La vulneración del principio de taxatividad de las circunstancias atenuantes de la persona jurídica de La Ley Anticorrupción en Ecuador

Así como para las personas físicas, la Reforma de Ley en materia Anticorrupción N. 392 del 17 de febrero 2021, se introduce el numeral 7 al artículo 45 especificando las circunstancias atenuantes de la Responsabilidad Penal de las Personas jurídicas, pero se debe considerar que se necesita hacer una...

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Wedi'i Gadw mewn:
Manylion Llyfryddiaeth
Prif Awdur: Salas Cepeda, Ana Lucía (author)
Fformat: masterThesis
Iaith:spa
Cyhoeddwyd: 2022
Pynciau:
Mynediad Ar-lein:https://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/15533
Tagiau: Ychwanegu Tag
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Crynodeb:Así como para las personas físicas, la Reforma de Ley en materia Anticorrupción N. 392 del 17 de febrero 2021, se introduce el numeral 7 al artículo 45 especificando las circunstancias atenuantes de la Responsabilidad Penal de las Personas jurídicas, pero se debe considerar que se necesita hacer una clara diferenciación de las atenuantes de las personas de ficción cometen un delito y son responsables penalmente; ¿Quién sería merecedora de la atenuante? Es algo que no sería posible aplicar, y, por tanto carecería de eficacia, las personas jurídicas no dejan de ser ficciones, que permiten la actuación de personas físicas de modo que su voluntad o sus actos no pueden definirse del mismo modo de cuando se trata de personas jurídicas, por el principio de taxatividad se generan causas, motivos, del supuesto de causa y de hecho legal, este principio requiere que la descripción de las conductas sean descritas de forma clara y precisas sin necesidad de interpretación sobre el acto o conducta sancionada