El abuso e inadecuada aplicación del hábeas corpus vulnera la garantía de no impunidad
La figura jurídica del habeas corpus ha sufrido constantes mutaciones o cambios, este proceso de evolución constante debido a las diferentes luchas políticas desarrolladas en el mundo, luchas que tenían la finalidad de que sea aceptada y respetad el derecho humano a la libertad individual, los derec...
Bewaard in:
| Hoofdauteur: | |
|---|---|
| Formaat: | bachelorThesis |
| Gepubliceerd in: |
2023
|
| Onderwerpen: | |
| Online toegang: | https://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/17076 |
| Tags: |
Voeg label toe
Geen labels, Wees de eerste die dit record labelt!
|
| Samenvatting: | La figura jurídica del habeas corpus ha sufrido constantes mutaciones o cambios, este proceso de evolución constante debido a las diferentes luchas políticas desarrolladas en el mundo, luchas que tenían la finalidad de que sea aceptada y respetad el derecho humano a la libertad individual, los derechos humanos nacieron con la finalidad de proteger a las personas del abuso de los sistemas monárquicos. El habeas corpus es de entender que se remonta al Siglo XII, en el año 1215, en donde se firma la Carta Magna por parte del Rey Juan sin Tierra de Inglaterra, norma jurídica que contenía normas garantistas, en particular el derecho a la libertad individual de las personas, la misma que evitaba las detenciones arbitrarias, injustas o prolongadas, esto sin lugar a dudas vino a limitar el abuso de la monarquía de aquella época, ese fue el punto de partida del habeas corpus (Rubiños, 2019) Tómese en cuenta que el derecho a la libertad y la integridad personal, eran derechos fundamentales que se discutían para que sean tomados en cuenta en los catálogos de los derechos humanos, que protejan el derecho a la libertad y a la integridad de las personas, toda vez que en aquella época en los sistemas monárquicos era común el abuso en contra de la libertad de las personas, la tutela de los derechos es de recordar que le asiste a los estados. Es así que la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que se dio el 10 de diciembre de 1948, en la ciudad Luz Paris, reunida la Asamblea General de las Naciones Unidas, tomo la decisión por unanimidad de adoptar en su texto, los derechos humanos considerados básicos, en los cuales se hacía constar por primera vez en la disposición de los artículos del 3 al 11, que quedan positivados desde aquella vez. Por lo que toma relevancia en el andamiaje jurídico de los derechos humanos, la libertad como bien jurídico preciado por el hombre, aquí se desarrolla que ninguna persona podrá ser sometida bajo ninguna circunstancia a torturas, tratos crueles, tratos degradantes o inhumanos. |
|---|