Principio de igualdad y no discriminación frente a las meretrices como testigos no idóneos
El Art. 11 numeral 2 contiene uno de los principios más trascendentales e importantes que sostiene a nuestras democracias y nuestras sociedades. ¡El principio de la igualdad! Este principio ha sido el motor de la historia y madre de muchas conquistas sociales; desde la Revolución Francesa. La Consti...
Saved in:
| Main Author: | |
|---|---|
| Format: | bachelorThesis |
| Language: | spa |
| Published: |
2014
|
| Online Access: | http://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/2169 |
| Tags: |
Add Tag
No Tags, Be the first to tag this record!
|
| Summary: | El Art. 11 numeral 2 contiene uno de los principios más trascendentales e importantes que sostiene a nuestras democracias y nuestras sociedades. ¡El principio de la igualdad! Este principio ha sido el motor de la historia y madre de muchas conquistas sociales; desde la Revolución Francesa. La Constitución ecuatoriana declara este principio con fuerza y sencillez: Todas las personas son iguales y gozaran de los mismos derechos, deberes y oportunidades. Nadie podrá ser discriminado por razones de etnia, lugar de nacimiento, edad, sexo, identidad de género, identidad cultural, estado civil, idioma, religión, ideología, filiación política, pasado judicial, condición socio-económica, condición migratoria, orientación sexual, estado de salud, portar VIH, discapacidad, diferencia física; ni por cualquier otra distinción, personal o colectiva, temporal o permanente, que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos. La ley sancionará toda forma de discriminación. |
|---|