Principio de igualdad y no discriminación frente a las meretrices como testigos no idóneos

El Art. 11 numeral 2 contiene uno de los principios más trascendentales e importantes que sostiene a nuestras democracias y nuestras sociedades. ¡El principio de la igualdad! Este principio ha sido el motor de la historia y madre de muchas conquistas sociales; desde la Revolución Francesa. La Consti...

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Main Author: Coloma Gaibor, Heidy del Roció (author)
Format: bachelorThesis
Language:spa
Published: 2014
Online Access:http://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/2169
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Summary:El Art. 11 numeral 2 contiene uno de los principios más trascendentales e importantes que sostiene a nuestras democracias y nuestras sociedades. ¡El principio de la igualdad! Este principio ha sido el motor de la historia y madre de muchas conquistas sociales; desde la Revolución Francesa. La Constitución ecuatoriana declara este principio con fuerza y sencillez: Todas las personas son iguales y gozaran de los mismos derechos, deberes y oportunidades. Nadie podrá ser discriminado por razones de etnia, lugar de nacimiento, edad, sexo, identidad de género, identidad cultural, estado civil, idioma, religión, ideología, filiación política, pasado judicial, condición socio-económica, condición migratoria, orientación sexual, estado de salud, portar VIH, discapacidad, diferencia física; ni por cualquier otra distinción, personal o colectiva, temporal o permanente, que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos. La ley sancionará toda forma de discriminación.