La usura y la nulidad de los documentos que contengan obligaciones de pago
La obligación puede llevar intereses y son válidos los que se hubieren convenido entre deudor y acreedor, salvo los que excedieren los límites impuestos por el Banco Central del Ecuador. Todo pago de intereses abusivos se halla sujeto a una sanción pecuniaria por parte del deudor sin más límite de n...
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| Hovedforfatter: | |
|---|---|
| Format: | masterThesis |
| Sprog: | spa |
| Udgivet: |
2016
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| Fag: | |
| Online adgang: | http://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/4733 |
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| Summary: | La obligación puede llevar intereses y son válidos los que se hubieren convenido entre deudor y acreedor, salvo los que excedieren los límites impuestos por el Banco Central del Ecuador. Todo pago de intereses abusivos se halla sujeto a una sanción pecuniaria por parte del deudor sin más límite de nulidad del título ejecutivo. Comprobado el abuso del acreedor, el juez podrá imponerle una multa al deudor , a favor del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social para el Seguro Campesino del 20% de lo percibido de su crédito, también podrán remitir copias a la fiscalía para que se realicen las investigaciones por el posible delito de Usura. Para su validez como título ejecutivo el Art 415 del Código de Procedimiento Civil determina que para que las obligaciones fundadas a titulo ejecutivo deben se claras, determinadas, liquidas puras y de plazo vencido. En igual forma el Art 348 del Código Orgánico General de Procesos a entrar en vigencia el 22 de Mayo de 2016 determina que, para que proceda el procedimiento ejecutivo, la obligación contenida en el título deberá ser clara, pura, determinada y actualmente exigible. Cuando la obligación es de dar una suma de dinero debe ser, además, líquida o liquidable mediante operación aritmética. Un documento que tengan obligaciones de pago que tengan intereses usurarios dejan de ser PUROS y DETERMINADOS. |
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