La potestad de los notarios para legalizar el matrimonio civil; los principios de simplificación, celeridad y economía procesal
Para analizar el presente tema es indispensable establecer el origen etimológico de la palabra matrimonio: se deriva de las voces latinas matriz (madre) y munium (carga o gravamen); porque se atribuye a la madre la carga más pesada en la procreación y crianza de los hijos; en razón de que éstos, seg...
Salvato in:
| Autore principale: | |
|---|---|
| Natura: | bachelorThesis |
| Lingua: | spa |
| Pubblicazione: |
2017
|
| Soggetti: | |
| Accesso online: | http://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/7273 |
| Tags: |
Aggiungi Tag
Nessun Tag, puoi essere il primo ad aggiungerne!!
|
| _version_ | 1862813239091396608 |
|---|---|
| author | Ortíz Gualpa, Marcia Rocío |
| author_facet | Ortíz Gualpa, Marcia Rocío |
| author_role | author |
| collection | Repositorio Universidad Regional Autónoma de los Andes |
| dc.contributor.none.fl_str_mv | Soria Mesías, Carlos Fernando |
| dc.creator.none.fl_str_mv | Ortíz Gualpa, Marcia Rocío |
| dc.date.none.fl_str_mv | 2017-12-13T14:10:29Z 2017-12-13T14:10:29Z 2017-12 |
| dc.format.none.fl_str_mv | application/pdf |
| dc.identifier.none.fl_str_mv | PIUAAB038-2017 http://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/7273 |
| dc.language.none.fl_str_mv | spa |
| dc.rights.none.fl_str_mv | info:eu-repo/semantics/openAccess |
| dc.source.none.fl_str_mv | reponame:Repositorio Universidad Regional Autónoma de los Andes instname:Universidad Regional Autónoma de los Andes instacron:UNIANDES |
| dc.subject.none.fl_str_mv | MATRIMONIO CIVIL PRINCIPIO DE SIMPLIFICACIÓN CELERIDAD ECONOMÍA PROCESAL |
| dc.title.none.fl_str_mv | La potestad de los notarios para legalizar el matrimonio civil; los principios de simplificación, celeridad y economía procesal |
| dc.type.none.fl_str_mv | info:eu-repo/semantics/publishedVersion info:eu-repo/semantics/bachelorThesis |
| description | Para analizar el presente tema es indispensable establecer el origen etimológico de la palabra matrimonio: se deriva de las voces latinas matriz (madre) y munium (carga o gravamen); porque se atribuye a la madre la carga más pesada en la procreación y crianza de los hijos; en razón de que éstos, según el Papa Gregorio IX, “son para la madre onerosos antes del parto, dolorosos en el parto y gravosos después del parto”. (Ramos, 1988) El matrimonio en la Antigua Roma era considerado como una institución importante dentro de la sociedad, que tenía como objetivo que sus hijos hereden el patrimonio de sus padres, mientras que para los Patricios servía para realizar alianzas políticas y económicas, siendo los únicos hasta el año 445 a.C., que tenían derecho para contraer matrimonio, pero en ese mismo año a través de la lex Canuleia, se permitió el matrimonio para todos, uno de los requisitos era la edad, siendo para los hombres catorce años y doce para las mujeres. Para fomentar el matrimonio, se promulgó dos leyes: la Lex Iulia de Maritandis Ordinibus (18 a. C.) y la Lex Papía Poppaea (9 d. C.). (Pérez, 2006), las mismas que prescribían que todos los hombres con una edad comprendida entre veinticinco y sesenta años; así como las mujeres entre veinte y cincuenta años, y quienes pertenecían al Senado y a la orden ecuestre, como instituciones más importantes del Estado Romano, tendrían que casarse obligatoriamente, siendo penalizado lo contrario. No era lícito el conubium matrimonio entre padre e hija, madre e hijo, entre hermanos, ni medio hermano, tampoco estaba permitido el matrimonio de un hombre con la hija de su hermano; prohibición que fue modificada por el Senado Romano para permitir el matrimonio del emperador Claudio con su sobrina Agripinila en el año 49 d. C., exponiéndole las razones al Estado Romano. |
| eu_rights_str_mv | openAccess |
| format | bachelorThesis |
| id | UNIANDES_c5b7dcd11d4f44ddc282a1ba7c027209 |
| identifier_str_mv | PIUAAB038-2017 |
| instacron_str | UNIANDES |
| institution | UNIANDES |
| instname_str | Universidad Regional Autónoma de los Andes |
| language | spa |
| network_acronym_str | UNIANDES |
| network_name_str | Repositorio Universidad Regional Autónoma de los Andes |
| oai_identifier_str | oai:dspace.uniandes.edu.ec:123456789/7273 |
| publishDate | 2017 |
| reponame_str | Repositorio Universidad Regional Autónoma de los Andes |
| repository.mail.fl_str_mv | . |
| repository.name.fl_str_mv | Repositorio Universidad Regional Autónoma de los Andes - Universidad Regional Autónoma de los Andes |
| repository_id_str | 455 |
| spelling | La potestad de los notarios para legalizar el matrimonio civil; los principios de simplificación, celeridad y economía procesalOrtíz Gualpa, Marcia RocíoMATRIMONIO CIVILPRINCIPIO DE SIMPLIFICACIÓNCELERIDADECONOMÍA PROCESALPara analizar el presente tema es indispensable establecer el origen etimológico de la palabra matrimonio: se deriva de las voces latinas matriz (madre) y munium (carga o gravamen); porque se atribuye a la madre la carga más pesada en la procreación y crianza de los hijos; en razón de que éstos, según el Papa Gregorio IX, “son para la madre onerosos antes del parto, dolorosos en el parto y gravosos después del parto”. (Ramos, 1988) El matrimonio en la Antigua Roma era considerado como una institución importante dentro de la sociedad, que tenía como objetivo que sus hijos hereden el patrimonio de sus padres, mientras que para los Patricios servía para realizar alianzas políticas y económicas, siendo los únicos hasta el año 445 a.C., que tenían derecho para contraer matrimonio, pero en ese mismo año a través de la lex Canuleia, se permitió el matrimonio para todos, uno de los requisitos era la edad, siendo para los hombres catorce años y doce para las mujeres. Para fomentar el matrimonio, se promulgó dos leyes: la Lex Iulia de Maritandis Ordinibus (18 a. C.) y la Lex Papía Poppaea (9 d. C.). (Pérez, 2006), las mismas que prescribían que todos los hombres con una edad comprendida entre veinticinco y sesenta años; así como las mujeres entre veinte y cincuenta años, y quienes pertenecían al Senado y a la orden ecuestre, como instituciones más importantes del Estado Romano, tendrían que casarse obligatoriamente, siendo penalizado lo contrario. No era lícito el conubium matrimonio entre padre e hija, madre e hijo, entre hermanos, ni medio hermano, tampoco estaba permitido el matrimonio de un hombre con la hija de su hermano; prohibición que fue modificada por el Senado Romano para permitir el matrimonio del emperador Claudio con su sobrina Agripinila en el año 49 d. C., exponiéndole las razones al Estado Romano.Según el artículo 81 del Código Civil Ecuatoriano “Matrimonio es un contrato solemne por el cual un hombre y una mujer se unen con el fin de vivir juntos, procrear y auxiliarse mutuamente”. En nuestra legislación el matrimonio es una institución jurídica, que se funda en el libre consentimiento de las personas contrayentes y en la igualdad de sus derechos y obligaciones y se celebra en el Registro Civil. El derecho al ser dinámico, cambia de acuerdo a las necesidades de la sociedad, sociedad que está formada por una población que va en crecimiento, y que busca un servicio ágil y oportuno para los contrayentes, como sucede en las diferentes legislaciones en donde el Notario Público tiene la facultad para celebrar matrimonios. El artículo 18 de la Ley Notarial vigente faculta al Notario para realizar actos de jurisdicción voluntaria, por lo que la presente investigación persigue que el matrimonio sea celebrado ante el Notario, aplicando los principios de celeridad, simplicidad y economía procesal, y que los contrayentes puedan escoger ante que autoridad se formalizará el vínculo matrimonial. La Ley Notarial vigente manifiesta “Notarios son los funcionarios investidos de fe pública para autorizar, a requerimiento de parte, los actos, contratos y documentos determinados en las leyes” siendo el matrimonio un acto en el que existe la voluntad de las partes para su celebración, se lo puede otorgar ante un Notario Público.Soria Mesías, Carlos Fernando2017-12-13T14:10:29Z2017-12-13T14:10:29Z2017-12info:eu-repo/semantics/publishedVersioninfo:eu-repo/semantics/bachelorThesisapplication/pdfPIUAAB038-2017http://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/7273spainfo:eu-repo/semantics/openAccessreponame:Repositorio Universidad Regional Autónoma de los Andesinstname:Universidad Regional Autónoma de los Andesinstacron:UNIANDES2017-12-13T14:10:29Zoai:dspace.uniandes.edu.ec:123456789/7273Institucionalhttps://dspace.uniandes.edu.ec/Institución privadahttps://www.uniandes.edu.ec/https://dspace.uniandes.edu.ec/oai.Ecuador...opendoar:4552017-12-13T14:10:29Repositorio Universidad Regional Autónoma de los Andes - Universidad Regional Autónoma de los Andesfalse |
| spellingShingle | La potestad de los notarios para legalizar el matrimonio civil; los principios de simplificación, celeridad y economía procesal Ortíz Gualpa, Marcia Rocío MATRIMONIO CIVIL PRINCIPIO DE SIMPLIFICACIÓN CELERIDAD ECONOMÍA PROCESAL |
| status_str | publishedVersion |
| title | La potestad de los notarios para legalizar el matrimonio civil; los principios de simplificación, celeridad y economía procesal |
| title_full | La potestad de los notarios para legalizar el matrimonio civil; los principios de simplificación, celeridad y economía procesal |
| title_fullStr | La potestad de los notarios para legalizar el matrimonio civil; los principios de simplificación, celeridad y economía procesal |
| title_full_unstemmed | La potestad de los notarios para legalizar el matrimonio civil; los principios de simplificación, celeridad y economía procesal |
| title_short | La potestad de los notarios para legalizar el matrimonio civil; los principios de simplificación, celeridad y economía procesal |
| title_sort | La potestad de los notarios para legalizar el matrimonio civil; los principios de simplificación, celeridad y economía procesal |
| topic | MATRIMONIO CIVIL PRINCIPIO DE SIMPLIFICACIÓN CELERIDAD ECONOMÍA PROCESAL |
| url | http://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/7273 |