El acoso laboral como contravención en el código orgánico integral penal

Previa a la determinación del significado del término de acoso laboral, se hace indispensable dictaminar el origen etimológico de las dos palabras que le dan forma, ambas derivan del latín: acoso, procede de “cursus”, que puede traducirse como “carrera” y laboral, que emana de la suma del sustantivo...

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Hoofdauteur: Tite Muchagalo, Kléber Efraín (author)
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Gepubliceerd in: 2019
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spelling El acoso laboral como contravención en el código orgánico integral penalTite Muchagalo, Kléber EfraínACOSOPrevia a la determinación del significado del término de acoso laboral, se hace indispensable dictaminar el origen etimológico de las dos palabras que le dan forma, ambas derivan del latín: acoso, procede de “cursus”, que puede traducirse como “carrera” y laboral, que emana de la suma del sustantivo “labor”, que es sinónimo de “trabajo”, y del sufijo “al”, que significa “relativo a”. Un trabajador o trabajadora puede ser víctima de acoso laboral cuando otro trabajador o su superior se proponen hostigarlo, tiene sus comienzos en la psicología. Razón por la cual el acoso laboral crea un conflicto en el puesto de trabajo que sin lugar a duda tiene características que le dan una calidad de contravención. Lo manifestado nos conduce a pensar y exhibir que no únicamente desde el punto de vista laboral se debe orientar el problema, pues necesariamente también desde el derecho penal. El Buen vivir en área laboral se constituye en una declaración consititucional y a la vez una oportunidad para edificar masivamente un régimen de desarrollo diferente, la voluntad individual y fusionado de las empleadas y empleados los ha transformado en el eje indispensable en la sociedad. Ante tal situación, el Gobierno ha puesto especial interés en priorizar el trabajo estable, justo y digno, en sus diversas modalidades. Es indispensable hacer énfasis que el Buen Vivir se direcciona a una serie de derechos y garantías sociales, económicas y ambientales. De igual manera está forjado en los principios orientadores del régimen económico que se identifican por promover un trato agradable entre los seres humanos individual y colectivamente, así como con la Naturaleza.Las relaciones laborales, entre empleador o patrono y empleado o trabajador, deben darse bajo los parámetros del respeto y consideración entre las partes, siendo de importancia primordial un proceder moralista que garantice a los contratantes el ejercicio de sus derechos individuales fundamentales. Este Proyecto de Investigación ha sido desarrollado sobre el acoso laboral, que afecta a una gran número de trabajadores, la problemática radica en la falta de normativa específica de esta conducta, falta de una legislación para prevenir, suprimir y penar el acoso laboral, nace entonces la imperiosa necesidad jurídica de crear la normativa legal ante los vacíos legales, dejando al trabajador en estado de desprotección, ante el empleador o patrono, en el ámbito laboral, vulnerando además los derechos del trabajador. En la práctica se presenta con frecuencia el problema del acoso laboral, conducta ilegal a la integridad personal: física, psíquico, moral, que vulnera al derecho provocando un daño progresivo y continuo a la dignidad del trabajador. Puesto que en Ecuador existe un vacío legal en cuanto a la regulación jurídica del acoso u hostigamiento laboral, que causa una vulneración del derecho a un empleo digno, justo y solidario por la falta de una correcta y precisa tipificación del acoso laboral en el Ecuador, para lograr un respeto íntegro al Art. 66 numeral 17 de la Constitución de la República del Ecuador correspondiente a los Derechos de Libertad, ya que muchos de estos casos al no ser evidenciados por las víctimas; dentro de los diferente sitios de trabajo pueden existir, como de hecho existen, trabajadores que soportan un trato pormenorizado en contra de su dignidad, salud, oportunidades y demás derechos fundamentales. A través del análisis e interpretación de resultados se evidenciará la imperiosa necesidad una normativa que evitará cualquier tipo de violencia y sin duda alguna garantizará los derechos laborales fundamentados en los preceptos legales, que implantará sanciones específicas a quienes quebranten la ley, ya que estos al momento están ausentes, originando un vacío legal que aqueja a grupos de mayor vulnerabilidad, frágiles y susceptibles del acoso laboral. Finalmente se encuentra el desarrollo de la propuesta, donde se propone un anteproyecto de reforma al artículo 244 del Código Orgánico integral Penal que evidencie la inexistencia de normativa y regule los aspectos relacionados al acoso laboral para así tomar medidas alternativas para garantizar los derechos del trabajador.Salame Ortíz, Mónica Alexandra2019-04-25T15:20:07Z2019-04-25T15:20:07Z2019-04info:eu-repo/semantics/publishedVersioninfo:eu-repo/semantics/bachelorThesisapplication/pdfPIUAAB021-2019http://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/9880spainfo:eu-repo/semantics/openAccessreponame:Repositorio Universidad Regional Autónoma de los Andesinstname:Universidad Regional Autónoma de los Andesinstacron:UNIANDES2019-05-31T14:41:50Zoai:dspace.uniandes.edu.ec:123456789/9880Institucionalhttps://dspace.uniandes.edu.ec/Institución privadahttps://www.uniandes.edu.ec/https://dspace.uniandes.edu.ec/oai.Ecuador...opendoar:4552019-05-31T14:41:50Repositorio Universidad Regional Autónoma de los Andes - Universidad Regional Autónoma de los Andesfalse
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